Candidatos sin Partido y Alcaldías en la CDMX

AutorMgdo. Juan Carlos Sánchez León
CargoMagistrado del TECDMX
Páginas68-69

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En la Ciudad de México en la pasada elección del primero de julio, se eligieron 1600 puestos de elección popular, tomando en cuenta Jefatura de Gobierno, Diputados locales y Alcaldías. Para dichos cargos, se inscribieron 66 candidaturas sin partido.1

Actualmente nos encontramos ante una nueva configuración política electoral en la Ciudad de México, esto es, la presencia de un órgano colegiado de representación política que ejerce funciones de decisión en sustitución de los Jefes Delegacionales, como lo son las Alcaldías, las cuales, están conformadas por un Alcalde o Alcaldesa y por Concejales.

Las y los integrantes de las Alcaldías iniciaron sus funciones el 1 de octubre del año que transcurre, las cuales son el resultado de la emisión de las y los ciudadanos de esta Ciudad en elegir en las dieciséis demarcaciones territoriales, con la participación de partidos políticos en forma individual, otros en coalición y candidaturas comunes, además de candidatos sin partido.

La numeralia que hemos señalado, nos da una visión amplia, del número importante de ciudadanos con aspiraciones políticas, que no militan en partido político alguno y tienen la oportunidad de buscar el voto ciudadano, para ocupar un cargo de elección popular, cumpliendo con los requisitos que estipula la norma electoral.2

Tal entramado legal, toma ruta desde la emisión de la convocatoria, presentando su solicitud de registro como aspirantes y una vez avalado dicho registro por el Instituto Electoral Local, proceden a la obtención de las firmas ciudada-

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nas para alcanzar el porcentaje de apoyos correspondientes para cada candidatura y, una vez que obtienen el dictamen favorable sobre el respaldo requerido, finalmente se registran como candidatos.

El Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en su papel de garante de la constitucionalidad, convencionalidad y legalidad de los actos de los procesos electorales, tuvo conocimiento de los medios de impugnación presentados por las y los ciudadanos para inconformase del dictamen que determinaba no haber cumplido con el número de apoyos necesarios para ser registrados. Exigencia, que representaba al menos el 1% de la lista nominal correspondiente al distrito electoral o demarcación territorial.

Tales impugnaciones, en algunos casos prosperaron a favor de los inconformes y en otros se confirmó el acto impugnado, dentro de los cuales, resulta un hecho notorio que se resolvió en favor de un ciudadano para poder obtener...

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