Cambio climático, seguridad alimentaria y derecho humano a la alimentación

AutorRosalía Ibarra Sarlat
Páginas329-350
329
*
Doctora en Derecho Ambiental por la Universidad de Alicante, España; licenciada
en Derecho por la UNAM; investigadora en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
UNAM.
CAPÍTULO XV
CAMBIO CLIMÁTICO, SEGURIDAD ALIMENTARIA
Y DERECHO HUMANO A LA ALIMENTACIÓN
Rosalía IBARRA SARLAT*
SUMARIO: I. Nota introductoria. II. El goce del derecho humano a la ali-
mentación ante el cambio climático. III. Seguridad alimentaria en riesgo por el
cambio climático. IV. La vulnerabilidad del sector agropecuario. V. El sector
agropecuario y los GEI. VI. Agricultura climáticamente inteligente versus
agroecología. VII. Reflexión final. VIII. Bibliografía.
I. NOTA INTRODUCTORIA
De acuerdo con el Quinto Informe de Evaluación del Panel Interguberna-
mental de Expertos sobre el Cambio Climático (Intergovernmental Panel on
Climate Change [IPCC]), las repercusiones del cambio climático en la pro-
ducción de alimentos afectarán a “todos los aspectos de la seguridad alimen-
taria incluido el acceso a los alimentos, el uso de éstos y la estabilidad de sus
precios”, con la consecuente incidencia en los medios de subsistencia a nivel
local y mundial, en particular en las regiones con alta inseguridad alimentaria
y gran desigualdad social, debido a que los riesgos no solamente están vincula-
dos con la variabilidad y los extremos del calentamiento climático (las sequías,
las inundaciones y las precipitaciones), sino que además tienen una estrecha
relación con la vulnerabilidad socioeconómica de ciertos grupos sociales de los
entornos urbanos y rurales (IPCC, 2014: 4, 6, 13, 18 y 20).
En este sentido, en caso de no atender sus causas y consecuencias, el
cambio climático aumentará las desigualdades sociales, ya que los impactos
más severos se presentarán en las regiones con mayor vulnerabilidad y en-
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tre los grupos que enfrentan riesgos, donde, en el tema que nos ocupa, las
condiciones de vida de aquellas comunidades de agricultores que viven en
ambientes frágiles se verán alteradas ante el riesgo inmediato y la creciente
pérdida de cosechas y del ganado. Para ello, basta señalar que
En relación con los principales cultivos (trigo, arroz y maíz) en las regiones
tropicales y templadas, las proyecciones señalan que el cambio climático sin
adaptación tendrá un impacto negativo en la producción con aumentos de la
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de este aumento (IPCC, 2014: 17).
Los impactos estimados varían según los cultivos y las regiones, así como
dependiendo de los diferentes escenarios de adaptación; no obstante, de ma-
nera general se estima que “alrededor de un 10% de las proyecciones para el
período 2030-2049 muestran ganancias de rendimientos superiores al 10%,
y alrededor de un 10% de las proyecciones muestran pérdidas superiores al
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Bajo este contexto, resulta importante destacar la relación estrecha entre
la agricultura y el cambio climático, la cual tiene la peculiaridad de ser de
doble vía, ya que el sector agrícola no solamente es vulnerable a los efectos
climáticos, sino que también contribuye a los mismos; sin embargo, tiene el
potencial de ser parte de la solución para menguar los impactos ambientales
y socioeconómicos.
II. EL GOCE DEL DERECHO HU MANO
A LA ALIMENTACIÓN ANTE EL CAMBIO CL IMÁTICO
El cambio climático causa severos impactos ambientales, sociales y económi-
cos, cuyas consecuencias atentan contra la vida y las condiciones de vida de
las personas. En este sentido, el Consejo de Derechos Humanos señala que el
cambio climático tiene repercusiones en el goce y disfrute de derechos huma-
nos, tales como el derecho a la vida, a la salud, a la alimentación, al agua, a la
vivienda y a la libre determinación (2009a: 9-16), y ha reconocido que dicho
fenómeno, junto con la degradación ambiental y la desertificación, están exa-
cerbando la miseria, con consecuencias negativas para el pleno disfrute del
derecho a la alimentación, en particular en los países en desarrollo (2012: 8).1
La alimentación es una necesidad fundamental de los seres vivos, indis-
pensable para la vida y la salud de toda persona; para proteger y respetar la
1
Remítase al punto 19.

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