Calculo anual de personas físicas considerando ingresos de capítulos anteriores
Autor | Javier Martínez Gutiérrez |
Páginas | 117-121 |
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El sueldo nominal se integra por 23,000 mensuales por 12 meses.
El contribuyente comunicó al empleador que presentaría declaración del ejercicio, razón por la cual dicho empleador no efectuó el cálculo del impuesto anual.
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La indemnización se paga el 31 de diciembre de 2018, y la parte exenta equivale a 4 años de antigüedad.
INFORMACION COMPLEMENTARIA
A) Las deducciones personales del artículo 151 de la Ley del ISR fueron las siguientes:
Notas:
1) De los gastos médicos, hospitalarios y dentales, $ 12,000 los erogó para su hijo, el cual obtuvo ingresos fiscales en el año por $ 82,500.
B) El contribuyente está casado bajo el régimen de separación de bienes.
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Indemnización pagada $ 75,000
Menos:
Indemnización exenta 28,800
Indemnización gravada $ 46,200
Menos:
Indemnización acumulable 23,000
Indemnización no acumulable $ 23,200
Por:
Tasa de ISR 29.52%
ISR de la indemnización no acumulable $ 6,849
IMPUESTO DE LA GANANCIA EN LA ENAJENACION NO ACUMULABLE
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ISR de la indemnización no acumulable $ 6,849
Más:
ISR de la ganancia no acumulable por enajenación
de inmuebles 55,325
ISR de ingresos no acumulables $ 62,174
Impuesto del ejercicio
ISR de ingresos acumulables $ 522,579
Más:
ISR de ingreso no acumulables 62,174
Impuesto del ejercicio $ 584,753
Menos:
ISR acreditable 504,565
Saldo a cargo $ 80,188
EJEMPLO DE LA DETERMINACION DE LA PTU DE PERSONAS FISICAS POR SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL (ARTICULO 109 LISR)
Utilidad fiscal...
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