Boletín C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición
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Los objetivos del presente Boletín son: a) proporcionar los criterios que permitan la identificación de situaciones que presentan evidencias respecto a un posible deterioro en el valor de los activos de larga duración, tangibles e intangibles; b) definir la regla para el cálculo y reconocimiento de pérdidas por deterioro de activos y su reversión ; c) establecer las reglas de presentación y revelación de los activos cuyo valor se ha deteriorado o su deterioro se ha revertido; y d) establecer reglas de presentación y revelación aplicables a la discontinuación de operaciones. Las disposiciones contenidas en este Boletín son bligatorias para estados financieros de periodos iniciados al 1º de enero de 2004; no obstante, se recomienda su aplicación anticipada.
CONTENIDO Párrafos
PREÁMBULO............................1 - 15
OBJETIVO.......................................16
ALCANCE................................17 - 18
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS...............................19
REGLAS DE VALUACIÓN..........................20 - 111
Activos de larga duración en uso..............................20 - 84
Indicios de deterioro............................25 - 26
Determinación del valor de recuperación........................27
Determinación del precio neto de venta......................................28 - 32
Determinación del valor de uso...............................33 - 38
Determinación de los flujos de efectivo futuros...........................39 - 50
Grupo de activos.........................47 - 50
Operativos......................................47
Corporativos...........................48 - 50
Determinación de la tasa apropiada de descuento......................51 - 56
Determinación y reconocimiento de la pérdida por deterioro.........................57 - 66
Registro de la pérdida por deterioro................................61 - 66
Reversión de la pérdida por deterioro de los activos que son utilizados.............................67 - 73
Valuación y registro de la reversión..................................69 - 73
Activos intangibles con vida indefinida y crédito mercantil.............................74 - 79
Asociadas..........................80 - 82
Periodicidad en la evaluación de las pérdidas por deterioro de activos intangibles con vida indefinida y del crédito mercantil............................83 - 84
Activos de larga duración cuya disposición se ha decidido............................85 - 104
Activos para venta.................................86 - 98
Reversión o incremento de la pérdida por deterioro de activos para venta...............................96 - 98
Abandono e intercambio de activos.......................99 - 104
Intercambio de activos no similares.....................101
Intercambio de activos similares..........................102
Intercambio de activos como resarcimiento de la inversión a los accionistas......................103 - 104
Discontinuación de una operación......................................105 - 111
REGLAS DE PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN...............................112 - 122
Activos de larga duración en uso.........................112 - 113
Activos de larga duración cuya disposición se ha decidido.........................114 - 116
Abandono e intercambio de activos....................117 - 118
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CONTENIDO
Párrafos
Discontinuación de una operación......................119 - 122
VIGENCIA Y NORMAS QUE SE DEROGAN...................................123 - 124
TRANSITORIOS......................................125 - 127
APÉNDICE A - Modificaciones de otros boletines en vigor
APÉNDICE B - Ejemplos ilustrativos
Caso 1 Deterioro en una unidad mínima generadora de efectivo
Caso 2 Cálculo del valor esperado y valor presente esperado de flujos de efectivo de operación con diferentes probabilidades Caso 3 Determinación del valor presente esperado cuando la periodicidad de los flujos de efectivo es incierta (H 43) Caso 4 Deterioro del crédito mercantil
Caso 5 Deterioro de activos corporativos con varias unidades generadoras de efectivo dependientes a nivel entidad
Caso 6 Reversión de la pérdida por deterioro en los casos 1 y 5 por cambios en los flujos de efectivo
Caso 7 Operación en discontinuación
Caso 8 Valor de uso de activos intangibles con vida indefinida
APÉNDICE C - Cuadros esquemáticos de la organización del Boletín
Diagrama 1 General
Diagrama 2 Activos mantenidos para su uso
Diagrama 3 Activos cuya disposición se ha decidido
Diagrama 4 Determinación del valor de uso y del precio neto de venta
Diagrama 5 Discontinuación de una operación
APÉNDICE D - Bases para conclusiones................................A1 - A81
Antecedentes..........................A1 - A6
Como se relacionan las disposiciones del Boletín C-15 al marco conceptual y mejoran la información financiera.........A7 - A14
Problemas significativos recogidos en las cartas de comentarios y obtenidos en las mesas de debate........................A15 - A79
Alcance A16 - A19
Deterioro de activos de larga duración en uso.........................A20 - A63
Valor presente esperado............................A21 - A26
Valor de recuperación a través de estimaciones de flujo de efectivo futuro.........................A27 - A42
Crédito mercantil....................A43 - A44
Valor de recuperación a través del precio neto de venta en activos en uso..........................A45 - A46
Reversión de la pérdida por deterioro..........................A47 - A53
Otros puntos adicionales discutidos relativosa activos en uso..........................A54 - A63
Activos de larga duración cuya disposición se ha decidido................................A64 - A69
Intercambio de activos...............................A68 - A69
Operaciones discontinuadas......................................A70 - A79
Definición A71 - A74
Presentación...........................A75 - A79
Vigencia.......................................A80
Conclusión...................................A81
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México, D. F. a 16 de diciembre de 2002
A TODA LA MEMBRESÍA
A LOS INTERESADOS EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Se adjunta el Boletín C-15, Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición, preparado y aprobado por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC), después de cumplir con el proceso de auscultación, en concordancia con lo exigido por los estatutos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
Los comentarios recibidos en los tres proyectos sujetos a auscultación y mayores investigaciones realizadas con este motivo, así como los recientes avances en las actividades normativas de otros países sobre el deterioro de activos, fueron considerados para llegar al presente Boletín.
En el Apéndice A se presentan los párrafos a ser sustituidos o modificados de los boletines A-7, Comparabilidad, B-10 Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera (Documento integrado) y B-8, Estados financieros consolidados}/ combinados y valuación de inversiones permanentes en acciones.
Las diferencias principales del Boletín con relación al último proyecto auscultado, son las siguientes:
-
Se amplió el alcance para incluir el reconocimiento del deterioro del exceso en el precio de compra de acciones de inversiones en acciones sobre su valor en libros (crédito mercantil), siguiendo las reglas específicas de deterioro para activos intangibles con vida indefinida, a través de la determinación de un valor de perpetuidad para estos activos.
-
Se amplió el preámbulo que analiza el marco conceptual y la mejora en la información financiera con la reglamentación del Boletín.
Este Boletín converge en su esencia con las Normas Internacionales de Contabilidad. Sin embargo, en la NIC-36, Deterioro del valor de los activos, se establece como monto de recuperación de un activo el mayor valor entre su precio neto de venta y su valor de uso, considerando para este último el empleo de tasas de descuento, sin importar si el activo es mantenido para su uso o disponible para su venta.
El Boletín C-15 no utiliza el concepto de monto recuperable para activos en disposición. Si el bien de larga duración, por ejemplo, es objeto de la decisión de disponer del mismo a través de su venta y su precio neto de venta es menor a su valor neto en libros, en tanto el valor de uso sea mayor a su valor neto en libros, de acuerdo a la norma internacional no hay deterioro. La norma en este Boletín exige el registro del deterioro.
Por otra parte, las normas internacionales no establecen claramente cómo se debe proceder en el caso de la discontinuación de una operación. En los párrafos 17 y 18 de la NIC-35, Operaciones en discontinuación, se señala que se deben seguir las reglas de la NIC-36 antes mencionada, y la NIC-37, Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes. La NIC-36 no menciona el caso de operaciones discontinuadas y la NIC-37 señala algunas reglas equivalentes a la discontinuación de operaciones señaladas en este Boletín C-15.
La NIC-35 impide que los resultados derivados de las operaciones discontinuadas sean presentados después de los resultados por operaciones continuas (como lo exige este Boletín) y pide que el estado de resultado integral incluya tres columnas: una para operaciones continuas, otra para operaciones discontinuadas y, la última, para el acumulado. No obstante el Boletín pide se revele en notas a los estados financieros los resultados condensados de la operación discontinuada tanto del periodo como de periodos anteriores, mostrando cuando menos los montos respectivos de ingresos, costos y gastos y utilidad antes de...
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