Breves consideraciones sobre velo corporativo en México
Autor | Carlos Alberto Figueroa Sánchez |
Páginas | 28-34 |
La Barra Mayo-Agosto 2018
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1.- Introducción
De la palabra velo, se pueden advertir algunos signicados en los que el común
denominador es aquel material que permite cubrir algo que por indistintas
razones debe o no ser visto u observado. Esa palabra, puede tomar un realce
cuando forma parte de un vocablo, es decir, cuando se advierte en una expresión que
aporte un mayor elemento de apreciación en su sentido expresado. De esa manera, cuando
la palabra velo va acompañada de un artículo y un simple predicado, resulta posible que
adquiera un signicado de mayor importancia. Y tendrá entonces relevancia cientíca,
tal vez alguna regulación y sobre todo, notable presencia en la praxis empresarial y por
tanto corporativa.
En derecho societario, el velo es una delgada línea de protección ante las repercusiones
de los quehaceres de los socios y la cción de la empresa. Este ensayo se sitúa en esa
frontera que desde un punto de vista de derecho positivo, se encuentra presente, de
manera permanente, para diferenciar las responsabilidades de los administradores -en
lo individual- cuando aportan esfuerzos intelectuales o bienes materiales a la sociedad y
por tanto, ello se convierta en actos devenidos de la explotación del objeto de la empresa
y consecuentemente, en actos ejercidos por la propia sociedad.
Esa tenue barrera que protege al aparato empresarial y que genera responsabilidad
ante terceros, derivada tanto de las actuaciones de sus actores societarios como de la
consecuente explotación del objeto de la empresa misma (entendiéndose esta como
vehículo de lucro y especulación comercial) es lo que en nuestra opinión se conoce
como velo corporativo.
“De esta manera es claro que la empresa, como vehículo comercial,
no solo tiene como objetivo generar lucro y especulación comercial
por sí misma, sino también para los intereses de sus actores
constituyentes, razón por la que resulta insoslayable la necesidad de
una regulación del velo corporativo en nuestra legislación”
Breves consideraciones
sobre velo corporativo
en México.
Por: Carlos Alberto Figueroa Sánchez
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