La bioseguridad y su regulación penal

AutorRebeca Elizabeth Contreras López - Martha Cristina Daniels Rodríguez
Páginas431-450
PERSPECTIVAS DEL DERECHO
431
LA BIOSEGURIDAD Y SU REGULACIÓN PENAL
Rebeca Elizabeth Contreras López
Martha Cristina Daniels Rodríguez
CONTENIDO: Resumen. 1. Introducción. 2. Bioseguridad. 3. Legislación penal
ambiental. 4. Regulación penal de la bioseguridad en México y España. 4.1 La
bioseguridad en el Código Penal Federal. 4.2 La bioseguridad en el Código
Penal español. 5. Perspectivas para la investigación. 6. Referencias
bibliográficas.
RESUMEN
Este escrito presenta la manera en que la bioseguridad es regulada a través de
la vía penal, tanto en México como en España. Para ello, las autoras parten de
la definición de bioseguridad y anotan un bosquejo de la forma en que el
ambiente intenta ser protegido por la misma vía. Realizan un análisis a diversos
tipos penales relacionados con la utilización de la biotecnología y concluyen
con una enumeración de los retos que es necesario atender en esta materia.
INTRODUCCIÓN
La bioseguridad abarca los marcos políticos y normativos para la ordenación
de los riesgos relacionados con el uso de recursos biológicos y genéticos. En
este ámbito, cada vez más se requiere un enfoque integral que considere los
múltiples factores y ecosistemas en que se producen esos riesgos.
Cada legislador asume las condiciones específicas que se requieren para el
manejo seguro de los recursos biológicos y genéticos, sin embargo, es
indispensable tomar en cuenta las distintas visiones tanto de especialistas
como de técnicos y habitantes de las regiones y espacios que pudieran ser
afectados por estas conductas. En la materia penal la regulación siempre será
limitada y en constante expansión (lo cual no siempre es conveniente). Por lo
PERSPECTIVAS DEL DERECHO
432
que es ilustrativo observar junto a la legislación penal mexicana, algunos casos
de la legislación española.
Es justamente lo que pretenden estas líneas: analizar las particularidades que
presenta la regulación penal de la bioseguridad, partiendo de una visión
garantista del derecho. Nos enfrentamos a la tarea de utilizar racionalmente las
técnicas de manipulación genética sin violentar derechos fundamentales, tales
como la salud, el ambiente, la cultura y la economía, entre otros. Es aquí donde
el derecho aparece como instrumento importante para guiar semejante desafío
y, por supuesto, el derecho penal como el último recurso del Estado,
encaminado a tal fin.
BIOSEGURIDAD
Los avances en ciencia y tecnología, en especial a partir del siglo pasado, si
bien han contribuido a que una parte de la población tenga acceso a más y
mejores alimentos, medicinas, sistemas de transporte y de comunicación, y, en
general, a tener una vida más larga y más cómoda, también han suscitado
interrogantes éticas y jurídicas de difícil respuesta.
La posibilidad de manipular directamente el ADN de los organismos vivos ha
abierto la puerta al desarrollo de mejoras en algunas áreas, tales como:
vacunas, medicinas, alimentos transgénicos, técnicas de reprodución asistida,
clonación, y creación y transplante de órganos, entre otras. Con la
decodificación de nuestro código genético nos encontramos con variadas y
prometedoras posibilidades: la medicina genómica, la cura de enfermedades
degenerativas, exámenes genéticos para identificar susceptibilidad para
padecer algunas enfermedades, etcétera. Básicamente, es posible realizar
(con algunas limitaciones técnicas) el diseño genético de plantas y animales
(incluido el ser humano) a conveniencia del creador. Sin embargo, la regulación
de los avances en biología y genética, así como de sus actuales y potenciales
consecuencias, todavía presentan pendientes jurídicos en muchos casos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR