¿Por qué los bienes son derechos reales?

AutorJosé Luis Elizondo Cantú
Páginas141-142

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24. 1 Clasificación de derechos

Los derechos se clasifican, a saber:

  1. Derechos personales: se caracterizan porque están vinculados con los sujetos o personas, las cuales pueden ser físicas y morales.

    Bajo esta perspectiva, el ente económico tiene a favor un derecho personal y a cargo de una persona física u moral, porque esta recibió un bien y/o servicio o la combinación de ellos de parte del primero, y donde la persona (física y/o moral) tiene la obligación de pagar a quien sea titular del derecho. Algunos ejemplos son: clientes, deudores, cuentas por cobrar, entre otras.

  2. Derechos reales: se caracterizan porque están vinculados con bienes (cosas reales), propiedad del ente económico. Esto trae consigo que únicamente el ente económico tiene, de manera exclusiva, derechos de usar, disfrutar y disponer sobre la propiedad privada y, por ende, el resto de las personas del mundo tiene la obligación de respetar la titularidad de la propiedad de un bien, así como respetar al titular de los derechos que de esta misma emanan, que a saber son:

    - Usar, es utilizar el bien como vivir en él.

    - Disfrutar, es ser beneficiario de los frutos de una cosecha o de las rentas.

    - Disponer, es ceder en cualquiera de sus formas la titularidad de la propiedad, como la enajenación, donación, herencia o legado.

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    En derecho se dice que los derechos reales o la propiedad de bienes se desmembra en varios subderechos, como son el uso, el disfrutar y disponer.

    –Maestro Pacioli, ya me quedó claro el concepto de derecho personal y derecho real, pero contablemente aún tengo la duda de que, por una parte, es simple de entender, porque los derechos personales se registran en el Debe, pues el deudor lee “Yo debo” y el acreedor lee “Yo tengo un derecho”, pero no entiendo por qué a un bien (derecho real), como es el inventario, se le abre un Debe.

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