Beneficios aplicables al código fiscal de la federación

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)/Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas389-430

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BENEFICIOS APLICABLES AL

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

˚1. Promociones y consultas ante las autoridades fiscales Promociones ante las autoridades fiscales

De acuer do con el ar tícu lo 18 del CFF, to da pro mo ción que sea di ri gi da a las au to ri da des fis ca -lesdeberápresentarsemediantedocumentodigital quecontengalae.firma.

ElSAT,mediante reglasdecaráctergeneral,podrádeterminarlaspromocionesquesepresentaránatravésdeundocumentoimpreso.

Laspromocionesdeberánenviarseatravésdelbuzóntributario ydeberántenerporlomenos los si guien tes requisitos:

1. Elnombre,ladenominaciónorazónsocial,yeldomiciliofiscalmanifestadoalRFC, pa ra el efec to de fi jar la com pe ten cia de la au to ri dad, y la cla ve que le co rres pon dió en dicho registro.

2. Se ña lar la au to ri dad a la que se di ri ge y el pro pó si to de la pro mo ción.

3. Ladireccióndecorreoelectrónicopararecibirnotificaciones.

Cuandono se cum plan los re qui si tos a que se re fie ren los nú me ros 1 y 2 an te rio res, las au to ri -da des fis ca les re que ri rán al pro mo ven te, a fin de que en un pla zo de 10 días cum pla con el re -qui si to omi ti do. En ca so de no sub sa nar se la omi sión en di cho pla zo, la pro mo ción se ten drá pornopresentada,asícomocuandoseomitaseñalar ladireccióndecorreoelectrónico.

Ahorabien,loscontribuyentesqueexclusivamentesedediquenarealizaractividadesagrí -colas,ganaderas,pesqueras osilvícolasynopertenezcan aunaorganizaciónque cuente conautorizacióndelSATparaqueasunombrepresentedeclaraciones,avisos,solicitudesy demásdocumentosque exijanlasdisposicionesfiscales,podránoptarpornoutilizarla
e.firma;además,noestarán obligadosautilizarlosdocumentosdigitalesprevistos enelartícu lo 18 del CFF.

Enloscasosmencionadosenelpárrafoanterior,laspromocionesdeberánpresentarse en documentoimpresoyestarfirmadasporelinteresadooporquienestélegalmenteautorizado pa ra ello, a me nos que el pro mo ven te no se pa o no pue da fir mar, ca so en el que im pri -mirásuhuelladactilar. Laspromocionesdeberánpresentarseenlasformas quealefecto aprue be el SAT. Cuan do no exis tan for mas apro ba das, la promoción deberá reunir los requisitos siguientes:

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1. Elnombre,ladenominaciónorazónsocial,yeldomiciliofiscalmanifestadoalRFC, pa ra el efec to de fi jar la com pe ten cia de la autoridad.

2. La cla ve del RFC.

3. Se ña lar la au to ri dad a la que se di ri ge y el pro pó si to de la pro mo ción.

4. El do mi ci lio pa ra oír y re ci bir no ti fi ca cio nes y, en su ca so, el nom bre de la per so na au -torizadapararecibirlas.

Cuan do el pro mo ven te que cuen te con un cer ti fi ca do de e.firma, acompañedocumentos distintosaescriturasopoderesnotariales,yestosnoseandigitalizados,lapromoción deberá presentarla enformaimpresa, cumpliendolosrequisitosantesmencionados,debiendoincluir sudireccióndecorreoelectrónico.Lasescriturasopoderesnotarialesdeberánpresentarseen for ma di gi ta li za da, cuando se acompañen a un documento digital.

Cuan do no se cum plan los re qui si tos que de ben reu nir las pro mo cio nes im pre sas, las au to -ri da des fis ca les re que ri rán al pro mo ven te, a fin de que en un pla zo de 10 días cum pla con el re qui si to omi ti do, y se estará a lo siguiente:

1. En ca so de no sub sa nar se la omi sión en el pla zo de 10 días, la pro mo ción se ten drá pornopresentada.

2. Si la omi sión con sis te en no ha ber usa do la for ma ofi cial apro ba da, las au to ri da des fis -calesdeberánespecificarenelrequerimiento,laformarespectiva.

En re la ción con el bu zón tri bu ta rio, el ar tícu lo 17-K del CFF es ta ble ce que las per so nas fí si -casymoralesinscritasenelRFCtendránasignadounbuzóntributario,consistenteenun sis te ma de co mu ni ca ción elec tró ni co ubi ca do en el Portal del SAT, a través del cual:

1. Laautoridadfiscalrealizarálanotificacióndecualquieractooresoluciónadministrativa queemita, endocumentosdigitales,incluyendocualquieraquepuedaserrecurrido.

El ar tícu lo 11 del Re gla men to del CFF in di ca que en ca so de que el con tri bu yen te in -greseasubuzóntributario paraconsultarlosdocumentosdigitalespendientesdenoti -ficarendíauhorainhábil,generandoelacusedereciboelectrónico,lanotificaciónse tendrá por practicada al día hábil siguiente.

2. Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimientoarequerimientosdelaautoridad,atravésdedocumentosdigitales,ypodrán rea li zar con sul tas sobre su situación fiscal.

Laspersonasfísicasymoralesquetenganasignadounbuzóntributariodeberánconsultarlo den tro de los tres días si guien tes a aquel en que re ci ban un avi so elec tró ni co en via do por el SATmediantelosmecanismosdecomunicaciónqueelcontribuyenteelija deentrelosque sedenaconocermediante reglasdecaráctergeneral.Laautoridadenviaráporúnicaoca- 390

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sión, mediante el mecanismo elegido, un aviso de confirmación que servirá para corroborrar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste.

Alrespecto,laregla2.2.7delaResoluciónMisceláneaFiscalindicaque elbuzóntributario asig na do a las per so nas fí si cas y mo ra les ins cri tas en el RFC, se ubi ca en el Portal del SAT.

Paraelegirelmecanismodecomunicaciónloscontribuyentesingresarán almenos unadirec ción de co rreo elec tró ni co y má xi mo cin co, a los cua les, una vez con fir ma do que cum -plieron conlacomprobacióndeautenticidadycorrectofuncionamiento,seránenviadoslos avisosdenuevas notificaciones.

En los ca sos en que los con tri bu yen tes que no eli jan el me ca nis mo de co mu ni ca ción a que se re fie re el pá rra fo an te rior y por ello, no sea po si ble lle var a ca bo la no ti fi ca ción a tra vés de buzóntributario,seactualizaráelsupuestodeoposiciónaladiligenciadenotificaciónenlos términosdelartículo134,fracciónIII,delCFF.

Por otra par te, la re gla 2.2.6 de la Re so lu ción Mis ce lá nea Fis cal se ña la que el SAT da rá a conoceratravésdesuportallarelacióndepromociones,solicitudes,avisosydemásinformaciónquepresentaránloscontribuyentesutilizando elapartadode“Buzóntributario”, así co mo la re la ción de ser vi cios a su dis po si ción que se incorporarán en el mencionado buzón.

Promociones por consultas o solicitudes de autorización o régimen

El ar tícu lo 18-A del CFF es ta ble ce que las pro mo cio nes que se pre sen ten an te las au to ri da -desfiscalesenlasque seformulenconsultas osolicitudesdeautorizaciónorégimen,porlas que no ha ya for ma ofi cial, de be rán cum plir, ade más de los re qui si tos men cio na dos en el te -ma an te rior, con lo siguiente:

1. Señalarlosnúmerostelefónicos, ensucaso,delcontribuyenteyeldelosautorizados porelcontribuyentepararecibirnotificaciones.

2. Señalarlosnombres,direccionesyelRFConúmerodeidentificaciónfiscal,tratándosederesidentesenelextranjero,detodaslaspersonas involucradasenlasolicitudo consulta planteada.

3. Describirlasactividadesalasquesededicaelinteresado.

4. Indi car el mon to de la ope ra ción u ope ra cio nes ob je to de la pro mo ción.

5. Señalartodosloshechosycircunstanciasrelacionadosconlapromoción,asícomoacompañarlosdocumentoseinformación que soportentaleshechosocircunstancias.

6. Describirlasrazones denegocioque motivanlaoperación planteada.

7. Indi car si los he chos o cir cuns tan cias so bre los que ver sa la pro mo ción han si do pre -viamente planteadosantelamismaautoridaduotradistinta,ohansidomateriade

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mediosdedefensaanteautoridadesadministrativasojurisdiccionalesy,ensucaso,el sentido de la resolución.

8. Indicarsielcontribuyenteseencuentrasujeto alejercicio delasfacultadesdecomprobaciónporpartedelaSHCPoporlasentidadesfederativascoordinadaseningresos federales,señalandolosperiodosylascontribucionesobjetodelarevisión.Asimismo, deberámencionarsiseencuentradentrodelplazoparaque lasautoridadesfiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del CFF.

Si el pro mo ven te no se en cuen tra en los su pues tos a que se re fie ren las frac cio nes II, VII y VIII del ar tícu lo 18-A del CFF, de be rá ma ni fes tar lo así expresamente.

Cuandonosecumplanlosrequisitosreferidos,lasautoridadesfiscalesrequeriránal pro mo ven te, a fin de que en un pla zo de 10 días cum pla con el re qui si to omi ti do. Cuan do no se sub sa ne la omi sión en di cho pla zo, la pro mo ción se ten drá por no pre -sen ta da. Si la omi sión con sis te en no ha ber usa do la for ma ofi cial apro ba da, las au to -ridadesfiscalesdeberánacompañar alrequerimiento,laformarespectiva.

Consultas ante las autoridades fiscales

Deconformidadconelartículo34delCFF,lasautoridadesfiscalessóloestarán obligadasa contestarlasconsultasquesobresituacionesrealesyconcretasleshaganlosinteresados individualmente.

Laautoridadquedaráobligadaaaplicarloscriterioscontenidosenlacontestaciónalaconsul ta de que se tra te, siem pre que se cum pla con lo siguiente:

1. Quelaconsultacomprendalosantecedentesycircunstanciasnecesariasparaque la autoridadsepuedapronunciaralrespecto.

2. Quelosantecedentesycircunstanciasqueoriginenlaconsultanosehubierenmodificadoposteriormente asupresentaciónantelaautoridad.

3. Que la con sul ta se for mu le an tes de que la au to ri dad ejer za sus fa cul ta des de com pro -ba ción res pec to de las si tua cio nes rea les y con cre tas a que se refiere la consulta.

Laautoridadnoquedarávinculadaporlarespuestaotorgadaalasconsultasrealizadaspor los con tri bu yen tes cuan do los tér mi nos de la con sul ta no coin ci dan con la rea li dad de los he chos o da tos con sul ta dos o se mo di fi que la legislación aplicable.

Lasrespuestasrecaídasalasconsultas aque serefieredichoartículonoseránobligatorias pa ra los par ti cu la res, por lo cual es tos po drán im pug nar, a tra vés de los me dios de de fen sa establecidosenlasdisposicionesaplicables,lasresolucionesdefinitivasenlascualeslaauto ri dad apli que los criterios...

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