Beneficiarios de los trabajadores asegurados, ¿sabe quiénes pueden ser y los requisitos que deben cumplir para asegurarse ante el IMSS?

Páginas11-15

Page 11

Introducción

Conforme al artículo 2o. de la LSS, la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso, y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

De esta manera, el IMSS protege la salud de los trabajadores y sus beneficiarios a fin de que ante cualquier enfermedad no profesional, o bien, por maternidad, puedan recibir la asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria.

Por ello, uno de los seguros que incluye el régimen obligatorio de la LSS es el de enfermedades y maternidad, el cual ofrece prestaciones en especie y en dinero a los asegurados y sus beneficiarios, según corresponda.

En virtud de la importancia de conocer los requisitos que se deben cumplir para que los beneficiarios de los trabajadores asegurados disfruten de las prestaciones que les otorga el IMSS, comentamos las principales reglas.

Quiénes son beneficiarios de los trabajadores asegurados ante el IMSS

De acuerdo con el artículo 84 de la LSS, son beneficiarias de los trabajadores asegurados y de los pensionados del IMSS las personas siguientes:

Page 12

[VER PDF ADJUNTO]

Esposa del asegurado o esposo de la asegurada

El artículo 84, fracción III, de la LSS señala que son beneficiarios de los trabajadores inscritos al IMSS los siguientes:

1. La esposa del asegurado o, a falta de ella, la mujer con quien haya hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con la que haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio.

Si el asegurado tiene varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.

2. El esposo de la asegurada, o a falta de aquél, el concubinario, gozarán del mismo derecho, siempre que hubiera dependido económicamente de la asegurada.

3. El concubinario será beneficiario siempre que se cumplan los supuestos siguientes:

[VER PDF ADJUNTO]

Page 13

4. Además, si la asegurada tiene varios concubinarios, ninguno de ellos tendrá derecho a la protección del IMSS.

Esposa del pensionado o esposo de la pensionada

La fracción IV del artículo 84 de la LSS establece que tendrá la categoría de beneficiaria la esposa del pensionado por incapacidad permanente total o parcial, por invalidez o cesantía en edad avanzada y vejez, y a falta de esposa, la concubina con quien haya hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la pensión, o con la que hubiera procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio.

En caso de que el pensionado tenga varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.

Del mismo derecho gozará el esposo de la pensionada, o a falta de aquél, el concubinario, siempre que cumpla lo siguiente:

Además, si la pensionada tiene varios concubinarios, ninguno de ellos tendrá derecho a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR