¿Existe un plazo para que los beneficiarios de un trabajador fallecido reclamen el finiquito correspondiente a éste?

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Laboro como gerente de recursos humanos en una empresa que se dedica a la producción de cosméticos. A principios de año, uno de los trabajadores que laboraba con nosotros falleció a consecuencia de un riesgo de trabajo, por lo que se elaboró el finiquito correspondiente que incluía todas las prestaciones que había devengado el trabajador hasta la fecha de su muerte; sin embargo, en aquel momento ninguno de sus familiares reclamó el finiquito; no obstante, en días pasados, la esposa del trabajador se comunicó con nosotros para solicitarnos el pago del mismo. Al efecto, me gustaría saber si estamos obligados a pagar el finiquito al beneficiario, pues ya transcurrió mucho tiempo desde la muerte del trabajador.

Lector de Saltillo, Coahuila

Pregunta

¿Existe un plazo para que los beneficiarios de un trabajador fallecido reclamen el finiquito correspondiente a éste?

Respuesta

Sí, pues el artículo 519 de la LFT menciona lo siguiente (énfasis añadido):

519. Prescriben en dos años:

I. Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo.

II. Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de trabajo.

III Las acciones para...

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