¿Qué procedimiento deben seguir los beneficiarios de los servicios de outsourcing para informar al IMSS sobre los contratos celebrados, cuando no cuenten con registro patronal?

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Soy una persona física que se dedica a la comercialización de artículos de papelería. Hace dos años, decidí abrir un establecimiento para la venta de estos artículos. Durante el primer año de actividades me encargué de atender personalmente el negocio; no obstante, en noviembre de 2009 se presentó la oportunidad de extender mi negocio, por lo que abrí varios establecimientos en el Distrito Federal.

Como son papeleras grandes, me vi en la necesidad de contar con trabajadores para la atención y distribución de los artículos que vendo en todas las tiendas; sin embargo, como quería concentrar toda mi atención en la búsqueda de proveedores que me ofrecieran precios bajos para la compra de los artículos que se venden en las papelerías, decidí contratar los servicios de una outsourcing para que pusiera a mi disposición trabajadores que atiendan los establecimientos.

De ahí que en diciembre de 2009 firmé un contrato con una prestadora de servicios para que me proporcionara trabajadores para la

comercialización de los productos de papelería en las tiendas.

Hace dos semanas, la prestadora de servicios con la que firmé el contrato me comentó que derivado de las reformas realizadas a la LSS en materia de outsourcing, tanto ellos como yo, que soy el beneficiario de los servicios prestados, tenemos la obligación de enviar al IMSS de manera trimestral, durante los primeros 15 días de los meses de enero, abril, julio y octubre, información acerca de las partes y contenido del contrato celebrado; no obstante, desconozco cómo debo presentar dicha información, pues según la prestadora de servicios, ellos la enviarán a través del sistema "IMSS desde su empresa" (IDSE), pero como yo no cuento con registro patronal desconozco por qué medio debo presentar dicha información.

Por tal motivo, quisiera saber cuál es el procedimiento que debo seguir como beneficiario de los servicios de outsourcing para presentar la información relativa al contrato de prestación de servicios, si no cuento con registro patronal.

Lector de México, Distrito Federal

Pregunta

¿Qué procedimiento deben seguir los beneficiarios de los servicios de outsourcing para informar al IMSS sobre los contratos celebrados, cuando no cuenten con registro patronal?

Respuesta

En efecto, de acuerdo con las reformas al artículo 15-A de la LSS, publicadas en el DOF el 9 de julio de 2009, los contratantes deberán comunicar de manera trimestral ante la subdelegación correspondiente al domicilio del patrón o...

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