Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública

Páginas1368-1411
NOTA IMPORTANTE
Estimado cliente a través del siguiente instructivo
podrás conocer las fechas en que se han publicado
las últimas reformas, adiciones o derogaciones que
incluye esta disposición; las fechas se presentan
cronológicamente de la más reciente a la más antigua
dentro del período al que corresponda.
INSTRUCTIVO
DE LA REFORMA A LAS BASES GENERALES
DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO
DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA
ARTICULO PRIMERO. Se MODIFICAN los artículos 2, fracciones XIII y XIX;
5, fracciones IV, IX, XIV, XV, XXI y XXIII; 8, fracciones I, III y IV; 10, fracciones
IV y V; 11, último párrafo; 12, fracciones I y II; 16, fracciones VII, VIII, X, XIV,
XXI y XXIX; 18, último párrafo; 28, primer párrafo; 29, fracción I; 30, frac-
ciones III, inciso b) y V; 38, fracción I; 43, último párrafo; 54, fracción II; 56,
fracción IV; 61, fracciones I y V; 67, primer párrafo; 90 y 94, primer párrafo
de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Fe-
deral de Defensoría Pública, para quedar como sigue:
Publicado en el D.O.F. del 6 de mayo de 2019
1
BASES DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO/CONSIDERANDOS CONSID.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexi-
canos. Consejo de la Judicatura Federal. Instituto Federal de Defensoría Pública.
ACUERDO del Titular del Instituto Federal de Defensoría Pública por el que se
ordena la publicación de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento
del Instituto Federal de Defensoría Pública.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Como consecuencia de los cambios paradigmáticos que ha en-
frentado la sociedad mexicana, en 1922 se fundó la Defensoría de Oficio Federal y
posteriormente, ante la necesidad de un cambio continuo en las Instituciones para
el beneficio social, en el año de 1998 se creó el Instituto Federal de Defensoría
Pública.
SEGUNDO. La base normativa que regula la actuación del Instituto Federal
de Defensoría Pública, lo es la Ley Federal de Defensoría Pública publicada en el
de Organización y Funcionamiento de dicho Instituto, publicadas en el mencionado
Diario Oficial el día 26 de noviembre de 1998.
TERCERO. A partir de las reformas constitucionales en materia de Justicia Pe-
nal y Derechos Humanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de
junio de 2008 y 10 de junio de 2011, respectivamente, resulta necesario actualizar
la normativa que regula la operatividad del Instituto Federal de Defensoría Pública.
CUARTO. Los ejes que se consideraron para las Bases Generales, son los
siguientes:
1. Renovar el papel y la intervención del Instituto Federal de Defensoría Pública
en el sistema de justicia penal.
2. Reestructurar Unidades con la finalidad de eficientar el servicio del Instituto.
3. Conformar un servicio público incluyente capacitado y especializado para la
defensa de derechos e intereses de los defendidos.
4. Ampliar el apoyo y atención a grupos vulnerables a fin de que puedan tener
pleno acceso al ejercicio de sus derechos.
5. Marcar como prioridad la obtención de una justicia transicional.
6. Hacer funcional la implementación de los beneficios preliberacionales y
sanciones no privativas de la libertad. Evitar la imposición de la prisión preventiva
como medida cautelar por medio de estrategias de litigio.

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