Nuevo marco legal que ayudará a prevenir crisis financieras en México

AutorLC Mario Camacho Hernández
PáginasB1-B5

A diez años de haber estallado la crisis de 1995, el sistema financiero, con una presencia de inversionistas mexicanos casi testimonial, luce un rostro diferente al que tendría un paciente que convalece. En los últimos cuatro años, la estructura financiera del país ha sido sometida al menos a una veintena de reformas legales, lo que constituye uno de los pocos casos de colaboración productiva entre los poderes Ejecutivo y Legislativo.

El marco normativo que el Congreso de la Unión aprobó en los últimos años ha sido con objeto de colocar a la legislación financiera mexicana a la altura de las más modernas.

Reformas de 2001

Uno de los años de colaboración más productivo en materia de reformas legales que involucran al sistema financiero fue el 2001. En los dos periodos ordinarios de ese año, fueron aprobadas 10 reformas.

Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros

El 19 de enero de2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se modificaron, adicionaron y derogaron las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

Las modificaciones anteriores derivaron de la necesidad de incorporar medidas adicionales para obtener información sobre la verdadera identidad de quien realiza los actos, operaciones o utiliza los servicios de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros; el otorgar particular interés a todas las operaciones complejas, a las inusualmente elevadas, así como a las que presentan modalidades no habituales, y que no tengan una causa económica o lícita aparente; prestando especial atención a la oportunidad del envío de los reportes.

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

El 1o. de junio de 2001 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Dichas modificaciones obedecieron al propósito de reglamentar de manera adecuada la actividad de las entidades que tienen por objeto la compraventa de divisas al menudeo.

Asimismo, se reformó el artículo relativo a los delitos en materia financiera para obligar a observar lo dispuesto en dicho artículo a las organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio y demás sociedades que desarrollen actividades y facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para aplicar las sanciones respectivas.

Por otra parte, ante el surgimiento de la Ley del Ahorro y Crédito Popular, dada a conocer en el DOF del 4 de junio de 2001, en ésta fecha también fueron publicadas reformas a diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, cuyo propósito consistió en desaparecer a las sociedades de ahorro y préstamo como organizaciones auxiliares del crédito. En consecuencia, se abrogó el capítulo que las regulaba y todas las demás disposiciones en las que se hacía referencia a ellas.

Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros

El 1o. de junio de 2001 se publicó en el DOF la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros.

Dicho banco se constituyó con el carácter de Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, cuyo objetivo fue promover el ahorro, el financiamiento y la inversión entre los integrantes del sector; es decir, por los organismos de integración y las entidades de ahorro y crédito popular; las personas físicas y morales que reciban u otorguen servicios a éstas y canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para fomentar el hábito del ahorro y el sano desarrollo del sector, así como el desarrollo económico nacional y regional del país.

Ley del Mercado de Valores

El 1o. de junio de 2001 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.

Uno de los principales objetivos de la reforma consistió en otorgar la autorización para la oferta pública de valores, por parte de la CNBV, basándose en el principio de revelación de información del estado económico de la empresa y de los valores por ella emitidos.

Adicionalmente se previó un procedimiento sancionador, en el cual se concedió un término para manifestar lo que al interés del supuesto infractor convenía; ofreciera pruebas y formulara alegatos, a fin de que la CNBV estuviera en posibilidad de investigar, amonestar, imponer multas administrativas, suspender, destituir e inhabilitar, intervenir administrativa o gerencialmente, suspender, revocar y cancelar las autorizaciones y registros.

Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

El 1o. de junio de 2001 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley de la CNBV.

Las reformas tuvieron por objeto hacer congruente las disposiciones de la Ley de la CNBV con lo establecido por la Ley del Mercado de Valores y demás ordenamientos legales relacionados con el sistema financiero mexicano, resultando relevante la adición de las sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y contrapartes centrales como entidades financieras o del sector financiero.

Ley del Ahorro y Crédito Popular

El 4 de junio de 2001 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expidió la Ley del Ahorro y Crédito Popular.

Dicha ley surgió ante la necesidad de dar mayor seguridad...

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