Avisos de modificación de las empresas para el seguro de riesgos de trabajo

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas141-156

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En el DOF del 22 de agosto de 2013, el IMSS publicó el Acuerdo ACDO.SA1 .HCT.230713/202P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria

En dicho acuerdo, se incluye el formato "Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo" (AM-SRT), el cual sustituye al publicado en el DOF del 17 de marzo de 2010.

Este aviso aplica a los patrones personas físicas o morales en el régimen obligatorio, que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, deben comunicar al Institutoel cambio de actividad en loscasos siguientes:

1. Suspensión de actividades.

2. Reanudación de actividades.

3. Incorporación de nuevas actividades.

4. Sustitución patronal.

5. Fusión.

6. Escisión.

7. Compra de activos.

8. Comodato.

9. Enajenación.

10. Arrendamiento.

11. Fideicomiso traslativo.

12. Cualquier otra circunstancia que modifique los datos de la inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo proporcionados al instituto.

La clasificación que manifieste el patrón será de acuerdo al Catálogo de Actividades para la Clasificación de las Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, establecido en el artículo 196 del RACERF.

El IMSS podrá verificar que lo manifestado por el patrón en lo relativo a su clasificación se ajuste a lo dispuesto en la LSS y el RACERF.

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El AM-SRT debe ser presentado ante el IMSS por el patrono por su representante legal, quien se identificará con los documentos que acompañen a esta solicitud y deberá firmar de manera autógrafa el formato impreso, una vez concluido el aviso, en presencia del empleado del Instituto que atienda el trámite. En el caso de que no sepa o no pueda firmar, debe imprimir su huella digital.

El registro de los datos contenidos en el formato, que consta de seis secciones, es obligatorio, de acuerdo a las instrucciones especificadas en el mismo.

El formato de "Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo" es el siguiente:

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La documentación que a continuación se menciona deberá presentarse en copia y original para su cotejo:

1. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) documento expedido por el IMSS al darse de alta un registro patronal.

a) Enausenciade laTIP por caso fortuito, presentar comprobante de solicitud de reposición de la TIP ante el instituto y cédula del RFC, documento expedido por el SAT.

2. Identificación oficial con fotografía y firma del solicitante (patrón o representante legal) como son:

a) Credencial para votar expedida por el IFE.

b) Pasaporte vigente, mexicano o extranjero.

c) Cartilla del Servicio Militar Nacional.

d) Cédula profesional.

e) Matrícula consular (documento de identidad que expide una oficina consular a favor de un connacional).

f) Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad para extranjeros.

g) Forma migratoria FM2 o FM3 expedida por el Instituto Nacional de Migración (en caso de extranjero).

Nota: Los datos del representante legal serán verificados contra los datos registrados en el sistema.

3. Para cambio de actividad, incorporación de actividades, sustitución patronal, fusión o escisión presentar cualquiera de los siguientes:

a) Testimonio notarial inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, que acredite las modificaciones presentadas, en su caso, sentencia definitiva que lo determine.

b) Aviso de modificación de la actividad, presentado ante la SHCP

c) Documento que acredite el cambio de actividad emitido por autoridad competente.

4. Para cambio de domicilio presentar cualquiera de los documentos siguientes y un croquis de localización:

a) Aviso del cambio de domicilio presentado ante la SHCP

b) Aviso de la baja del registro patronal anterior, con antigüedad no mayor a seis meses.

c) Comprobante del nuevo domicilio. (Parael caso de los patrones a que se refiere el artículo 15-Ade la LSS, el comprobante de domicilio deberá ser el de su domicilio fiscal).

(El croquis de ubicación del domicilio del centro de trabajo por el que solicita el registro patronal, deberá indicar las calles de colindancia, lugares de referencia o cualquier detalle que permita ubicar con facilidad su domicilio, el cual deberá presentarse utilizando para ello una hoja blanca tamaño carta.)

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5. Para reanudación de actividades presentar cualquiera de los siguientes:

a) Aviso de la reanudación de actividades presentado ante la SHCP

b) Documento que acredite el cambio de actividad emitido por autoridad competente.

6. Para compra de activos, enajenación, arrendamiento, comodato o fideicomiso traslativo presentar cualquiera de los siguientes:

a) Contrato o instrumento jurídico que avale la operación.

b) Documento que acredite el acto que da origen al aviso de modificación.

Otros avisos distintos a los citados

Conviene aclarar que existen cuatro avisos de modificación distintos a los antes citados, que son los siguientes:

1. Cambio de nombre, denominación o razón social.

2. Baja del registro patronal.

3. Huelga.

En estos casos se presentará el formato Afil-01, anexando la documentación requerida en cada caso, misma que se analiza en páginas siguientes.

El formato Afil-01, "Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro" continúa vigente y tiene la finalidad de proporcionar al IMSS los datos necesarios en caso de cambio de nombre o razón social, huelga y baja patronal.

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Reverso del formato Afil-01

No cumplir estas disposiciones dará como resultado la imposición de sanciones señaladas en los artículos 304-A, fracciones XVI y XVIII, y 304-B, fracciones I y II, de la LSS; y 6o., fracción VII, y 8o., fracción IV del Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavity sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones.

Al respecto, analícese lo siguiente:

Infracción Sanción Efectos
No dar aviso de cambios de domicilio o hacerlo extemporáneamente 20 a 75 SMGVDF IMSS
No comunicar por escrito el estallamiento de huelga, suspensión, cambio o término de actividades, clausura, cambio de nombre o razón social, fusión, escisión o término de huelga 20 a 125 SMGVDF IMSS

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Infracción Sanción Efectos
Omitir presentar los avisos de cambio de domicilio, denominación o razón social de la empresa; de aumento o disminución de obligaciones fiscales; de suspensión o reanudación de
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