Aviso de rescisión al trabajador. Si el patrón solicitó la notificación ante la JCA competente, y ésta no lo realizó, se considera satisfecho el requisito de ley. Tesis de Tribunal Colegiado

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Acorde con las disposiciones de la LFT vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, en los avisos de rescisión de la relación laboral se debían cumplir los aspectos siguientes:

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Por otra parte, el último párrafo del artículo 48 de la LFT estipulaba lo siguiente:

48. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a XV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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La falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta, por sí sola determinará la separación no justificada y, en consecuencia, la nulidad del despido.

De acuerdo con lo anterior, los despidos justificados debían notificarse al trabajador por escrito; esto es, mediante un aviso de rescisión de la relación de trabajo. El escrito debía ser notificado por el patrón o por la JCA, pues si no era así, el despido se consideraría nulo y en consecuencia, injustificado; además, mientras no se notificara el despido no podía correr el plazo de dos meses para que prescribiera el derecho del trabajador de demandar alguna indemnización, lo que permitía que este último demandara al patrón en cualquier tiempo.

Ahora bien, se suscitaron algunas controversias respecto a las notificaciones de avisos de rescisión que los patrones solicitaron a la JCA competente, debido a que la autoridad laboral no entregaba dichos avisos a los trabajadores, tal como lo disponía la LFT vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, por lo que los afectados acudieron a tribunales.

Al respecto, el Segundo Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Séptimo Circuito emitió la tesis aislada VII.2o.T.38 L (10a.) en la que determinó que la presentación oportuna del aviso de rescisión hecha por el patrón ante la junta respectiva, en el que consten la fecha en que ésta se produjo y la causa o causas que se tuvieron para ello, con la expresión del domicilio del trabajador y la solicitud para que se le notifique, así como que lo anterior obedece a la negativa del trabajador a recibirlo, satisface el requisito previsto en ese numeral, no obstante...

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