Aviso de rescisión. El término de cinco días para solicitar a la JCA que lo haga del conocimiento del trabajador inicia a partir del día siguiente de la fecha de la separación. Tesis de Tribunal Colegiado

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Aviso de rescisión. El término de cinco días para
solicitar a la JCA que lo haga del conocimiento
del trabajador inicia a partir del día siguiente
de la fecha de la separación.
Tesis de Tribunal Colegiado
El artículo 47, segundo y tercer párrafos, de la LFT dispone lo siguiente (énfasis añadido):
47. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a XV . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que refiera claramente la conducta o
conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.
El aviso deberá entregarse personalmente al trabajador en el momento mismo del despido o bien, comunicarlo
a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes, en cuyo caso
deberá proporcionar el último domicilio que tenga registrado del trabajador a fin de que la autoridad se lo noti-
fique en forma personal.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
De acuerdo con lo anterior, el patrón que despida a un trabajador tendrá obligación de darle aviso escrito en el que
refiera claramente la conducta o las conductas que motivaron la rescisión, así como la fecha o las fechas en que se
cometieron.
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LABORAL
C10
1a. quincena
junio 2019
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