De las atribuciones de las unidades coordinadoras, coordinaciones generales, y centro de educación y capacitación para el desarrollo sustentable

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CAPITULO QUINTO
DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES COORDINA-
DORAS, COORDINACIONES GENERALES, Y CENTRO DE
EDUCACION Y CAPACITACION PARA EL DESARROLLO
SUSTENTABLE
ARTICULO 11. Al frente de cada una de las Unidades Coordina-
doras, Coordinaciones Generales y Centro de Educación y Capaci-
tación para el Desarrollo Sustentable, habrá un coordinador. Dichos
coordinadores tendrán, en lo que corresponda, las facultades gené-
ricas que el artículo 19 de este Reglamento confiere a los directores
generales.
ARTICULO 12. La Unidad Coordinadora de Participación Social y
Transparencia tendrá las atribuciones siguientes:
I. Promover, apoyar y organizar la participación corresponsable
de la sociedad en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de
la política ambiental y de recursos naturales, a través de los órganos
consultivos y de participación pública que determinen las disposi-
ciones jurídicas correspondientes, en coordinación con las unidades
administrativas y órganos desconcentrados competentes, así como
apoyar la organización y funcionamiento de los consejos previstos en
las disposiciones jurídicas aplicables;
II. Gestionar convenios y contratos de concertación y colaboración
con organizaciones sociales, públicas y privadas, cuyos objetivos y
actividades coadyuven a impulsar una participación corresponsable
en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política am-
biental, así como a favorecer la preservación y restauración del am-
biente, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la
prevención del deterioro ambiental;
III. Diseñar, coordinar y evaluar, en el marco del Plan Nacional
de Desarrollo y el programa sectorial de la Secretaría, las políticas,
lineamientos, programas y mecanismos que generen condiciones de
equidad de género, de etnia y de derechos humanos, así como el
seguimiento y evaluación de los proyectos y acciones socioambien-
tales para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales
y apoyar la capacitación en estos temas, en coordinación con las
unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del
Sector, y con otras dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal competentes;
IV. Promover, apoyar y organizar, en coordinación con las unida-
des administrativas competentes de la Secretaría, foros de consulta,
reuniones de análisis, talleres y grupos de trabajo para que se recaben
y evalúen propuestas, comentarios, planteamientos y recomendacio-
nes de organizaciones y personas interesadas en la preservación y
restauración del ambiente, el aprovechamiento sustentable de los re-
cursos naturales y la prevención del deterioro ambiental, y participar
en el proceso de consulta pública en torno a los proyectos que se
sometan al procedimiento de evaluación del impacto ambiental;
V. Proponer al Secretario las estrategias y políticas tendentes a
impulsar la participación de las instituciones públicas y privadas, así
como de la sociedad en general, en el cumplimiento de los objetivos
RGTO. SRIA. MEDIO AMBIENTE/DE LAS ATRIBUCIONES...
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