De los Asociados

AutorComisión de Desarrollo Profesional Continuo
Páginas19-25

Page 19

2.1 Para cumplir con la Norma de Desarrollo Profesional Continuo, cada asociado deberá obtener puntos de desarrollo profesional cada año calendario, según el sector profesional en que desempeñe su actividad. Los puntos de desarrollo profesional (en lo sucesivo puntos) se incluyen dentro de la Tabla de Puntuación que emite la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., conforme a lo siguiente:

  1. Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesional independiente deberán cumplir con 55 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

    1. 30 puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.

    2. 20 puntos o más, en cualquiera de las alternativas de obtención de puntos que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.

    3. 5 puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales (Código de Ética Profesional, Norma de Control de Calidad y Norma de Desarrollo Profesional Continuo).

    Page 20

  2. Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo, investigadores de medio tiempo o más, o quienes realizan su labor profesional en el sector empresarial, gubernamental o cualquier otro de los no previstos específicamente, deberán cumplir con 40 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

    1. 10 puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.

    2. 25 puntos o más, en cualquiera de las alternativas que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.

    3. 5 puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales (Código de Ética Profesional y Norma de Desarrollo Profesional Continuo).

    2.2 Los Contadores Públicos Certificados que opten por refrendar su Certificación sin la necesidad de presentar el Examen Uniforme de Certificación (EUC), durante el periodo de la vigencia de su Certificado, deberán cumplir con la siguiente puntuación:

  3. Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesional independiente, o aquellos que hayan obtenido y tengan vigente su registro ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y dictamine para efectos fiscales, financieros o de gubernamentales, deberán cumplir con 65 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

    1. 40 puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.

    2. 20 puntos o más, en cualquiera de las alternativas de obtención de puntos que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.

    3. 5 puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales (Código de Ética Profesional, Norma de Control de Calidad y Norma de Desarrollo Profesional Continuo).

    Page 21

  4. Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo, investigadores de medio tiempo o más, o quienes realizan su labor profesional en el sector empresarial, gubernamental o cualquier otro de los no previstos específicamente, deberán cumplir con 50 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

    1. 20 puntos o más, dentro de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR