Asociaciones civiles

AutorJaime Domínguez Orozco - Cuauhtémoc Reséndiz Núnez
Páginas37-44
SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES 37
CAPITULO II
ASOCIACIONES CIVILES
Para nuestra revisión de su régimen jurídico señalaremos, a partir
de las disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, los
puntos correspondientes.
1. CONCEPTO
Es una persona moral creada mediante el acuerdo de varios in-
dividuos para la realización de un n común, que tenga cierta per-
manencia o duración, de carácter político, cientí co, artístico, de
recreo o cualquiera otro que no esté prohibido por la ley y que no
tenga carácter preponderantemente económico.
El concepto anterior deriva de lo que disponen los artículos 25
y 2670 del Código Civil. De acuerdo con el mismo tenemos que se
crea una persona moral; es decir, un ente jurídico distinto de todos
y cada uno de sus integrantes, con sus propios derechos y obliga-
ciones. Su constitución deriva del acuerdo de sus integrantes, por
lo que constituye un acto jurídico para cuya existencia y validez es
necesario reunir los elementos y requisitos que para todo acto jurí-
dico dispone la ley. El Código Civil lo considera un contrato, según
lo dispone el artículo 2671.
La reunión de los integrantes en la asociación no debe ser ente-
ramente transitoria; es decir, debe tener permanencia o duración ya
que de otro modo no puede ser considerada como una asociación
y tendrá simplemente el carácter jurídico de reunión. La ley no limita
el tiempo de duración de la misma, por lo que será decisión de sus
miembros la jación del tiempo correspondiente. La duración pue-
de ser referida no solamente a un tiempo, sino a una serie de actos,
cumplidos los cuales la asociación se extinguirá.
El n a realizar (lo que constituye el objeto de la asociación) de-
be ser común, pues ello es lo que motiva la participación de los
miembros; no encontrarse prohibido por la ley y no tener carácter
preponderantemente económico.
2. CONSTITUCION
Las únicas formalidades exigidas por la ley para la constitución
de una asociación son que el contrato correspondiente conste por

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