Arturo Dager. México en el escenario jurídico internacional

AutorJulio Mora Ortiz
Páginas36-41

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¿Qué funciones lleva al cabo la Unidad de Coordinación Jurídica de la Secretaría de Relaciones Exteriores?

Tiene bajo su responsabilidad tres áreas: la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que básicamente lleva los asuntos jurídicos internos del país de la Cancillería; la Consultoría Jurídica, que se avoca a los asuntos de Derecho Internacional y el Acervo Histórico Diplomático de la Cancillería, que cuenta con el archivo de la dependencia y el control archivístico y documental de la Cancillería.

¿En qué rama del Derecho se especializa la Unidad a su cargo?

Para la Secretaría de Relaciones Exteriores, la herramienta fundamental es el Derecho Internacional Público. También es importante el Derecho extranjero en su conjunto, pero obviamente el derecho de los Estados Unidos es fundamental. El Derecho Internacional Privado es muy importante aunque no ha sido una materia que haya tenido un cultivo grande en el sector público por la propia naturaleza del servicio.

¿De qué manera sustancia la Cancillería esta carencia?

Afortunadamente, la Cancillería tiene un equipo de asesores externos compuesto de los abogados más destacados del país, que nos asesoran en estos temas. Estos aspectos son de mucho interés, porque son los que afectan a los particulares y mueven los intereses del país en general, no solamente aquellos del gobierno que se manejan en la rama pública.

¿Cómo funciona esta Comisión?

Esta Comisión de Asesores se maneja a través de nombramientos honorarios y cuenta con aproximadamente quince miembros, que se reúnen periódicamente. Desde su constitución hace más de 20 años, se ha reunido ya cerca de trescientas veces y en ella se analizan las convenciones internacionales que derivan de tres órganos principales: la Organización de las Naciones Unidas, la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado y el Instituto Internacional de Derecho Privado, que tiene su sede en Roma, Italia. De esos organismos internacionales deriva fundamentalmente lo que es el Derecho Internacional Privado en su conjunto.

¿Cree usted que la Ley Federal de Transparencia funciona como una herramienta útil a los ciudadanos?

Considero que es una de las aportaciones más grandes de la presente administración, porque sin transparencia en un gobierno difícilmente puede tenerse una democracia.

¿Qué obstáculos se vislumbran en este rubro?

La cuestión de la transparencia tiene sus complejidades, pues se trata de una ley nueva, que estamos aprendiendo a manejar, tanto el Instituto Federal de Acceso a la Información, como el gobierno. Entre todos tenemos que ir aprendiendo y perfeccionando el marco jurídico, así como comprender y aceptar que hay documentos que pueden calificarse como reservados o confidenciales. Además, no hay que olvidar que una cosa es el uso y otra el abuso que a veces las personas quieren hacer de las posibilidades que les da la ley.

¿Qué limitantes tiene la Cancillería en materia de transparencia y acceso a la información pública?

Por la naturaleza de algunos temas, muchas veces es difícil comprender el por qué no se facilita el acceso al público de cierto tipo de documentos internacionales, pero es porque la complejidad de estas relaciones y las prácticas internacionales así lo requieren. La propia ley señala algunas excepciones en esta materia, pero reitero que, en mi opinión, la Ley es una de las aportaciones más importantes de la administración pública en materia de...

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