Artículos transtitorios

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ARTÍCULOS TRANSITORIOS 2014

Publicados en el D.O.F. del 5 de junio de 2014

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1975.

ARTÍCULO TERCERO. Continuarán en vigor, en lo que no se opongan al Reglamento que se expide, las disposiciones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades a los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de noviembre de 1998, así como en las modificaciones a dicho acuerdo publicadas en el mismo medio de difusión, los días 31 de enero de 2006 y el 28 de abril de 2010.

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ARTÍCULO CUARTO. Las denuncias de irregularidades relativas a las objeciones de los trabajadores a la declaración anual del impuesto sobre la renta y sus anexos, que se encuentren sin resolver a la entrada en vigor del presente Reglamento, se deberán concluir conforme...

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