Artículos transitorios

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas18-19

Page 18

ARTICULOS TRANSITORIOS 1991

Publicados en el D.O.F. del 21 de agosto de 1991

ARTICULO PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO. La Secretaría deberá formular los programas maestros de control y aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre a que se refiere este Reglamento, dentro de un término de ciento ochenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor. Dentro de dicho plazo se estará a lo dispuesto por las políticas, criterios y lineamientos emitidos por la Secretaría.

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ARTICULO TERCERO. Se abrogan el Reglamento para la Ocupación y Construcción de Obras en el Mar Territorial, en las Vías Navegables, en las Playas y Zonas Federales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre de 1940 y el Reglamento de la Zona Federal Marítimo Terrestre y de los Terrenos Ganados al Mar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 1982.

ARTICULO CUARTO. Todos los procedimientos, solicitudes en trámite y recursos administrativos relacionados que se hubieren iniciado bajo la vigencia de los Reglamentos que se abrogan, se...

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