Artículos transitorios

Páginas28-28

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ARTÍCULOS TRANSITORIOS 2006

Publicados en el D.O.F. del 30 de noviembre de 2006

ARTÍCULO PRIMERO.

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO.

Se abroga el Reglamento de Servicios Médicos aprobado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social mediante Acuerdo 401/96, de fecha 23 de octubre de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, así como los acuerdos y disposiciones administrativas que se opongan al presente Reglamento.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de...

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