Articulos transitorios

Páginas80-81

Page 80

ARTICULOS TRANSITORIOS 2015

Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de agosto de 2015

ARTICULO PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

ARTICULO SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor a los ciento veinte días naturales siguientes

Page 81

de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

ARTICULO TERCERO. A partir de la entrada en vigor de este Reglamento, se abroga el Reglamento de Tránsito Metropolitano, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 20 de junio de 2007.

ARTICULO CUARTO. La obligación contenida en los artículos 39 y 40, fracción V, inciso c, será aplicable a partir del día primero de enero del año dos mil dieciséis.

ARTICULO QUINTO. La obligación contenida en el artículo 46 de este Reglamento, para los propietarios de vehículos particulares, será aplicable a partir del día primero de enero del año dos mil dieciséis.

Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil quince. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR