Artículo Decimoprimero

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Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos Comentada
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Artículo Noveno. El C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista,
Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, queda facultado para expedir
la ley electoral, conforme a la cual deberán celebrarse, esta vez, las
elecciones para integrar los Poderes de la Unión.
Artículo original DOF 05-02-1917
Artículo Décimo. Los que hubieren figurado en el Gobierno emanado
de la rebelión, contra el legítimo de la República, o cooperado a aquélla,
combatiendo después con las armas en la mano, o sirviendo empleos o
cargos de las facciones que han atacado al Gobierno Constitucionalista,
serán juzgados por las leyes vigentes, siempre que no hubieren sido
indultados por éste.
Artículo original DOF 05-02-1917
Artículo Decimoprimero. Entre tanto el Congreso de la Unión y los
de los Estados legislan sobre los problemas agrario y obrero, las bases
establecidas por esta Constitución para dichas leyes, se pondrán en vigor
en toda la República.
Artículo original DOF 05-02-1917
Artículo Decimosegundo. Los mexicanos que hayan militado en el
Ejército Constitucionalista, los hijos y viudas de éstos, y las demás
personas que hayan prestado servicios a la causa de la Revolución o a la
Instrucción Pública, tendrán preferencia para la adquisición de fracciones
a que se refiere el artículo 27 y derecho a los descuentos que las leyes
señalarán.
Artículo original DOF 05-02-1917
Artículo Decimotercero. Quedan extinguidas de pleno derecho las
deudas que por razón de trabajo hayan contraído los trabajadores, hasta la
fecha de esta Constitución, con los patronos, sus familiares o
intermediarios.
Artículo original DOF 05-02-1917
Artículo Decimocuarto. Queda suprimida la Secretaría de Justicia.
Artículo reformado DOF 08-07-1921
Artículo Decimoquinto. Se faculta al C. Encargado del Poder
Ejecutivo de la Unión para que expida la ley de responsabilidad civil
aplicable a los autores, cómplices y encubridores de los delitos cometidos
contra el orden constitucional en el mes de febrero de 1913 y contra el
Gobierno Constitucionalista.

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