Artículo 91

AutorSalvador Martínez y Martínez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho de la Universidad Veracruzana
Páginas517-519
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos Comentada
517
Artículo 91. Para ser secretario del Despacho se requiere: ser
ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y
tener treinta años cumplidos.
Artículo original DOF 05-02-1917
SALVADOR MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ
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COMENTARIO
El problema que suscita este artículo es que solamente establece los
requisitos mínimos para diseñar el perfil de Secretario del Despacho,
cuando el Presidente de la República, al momento de elegir al titular del
cargo, debe considerar muchas cosas más, por ejemplo, aquel que ocupe la
Secretaría de Salud ¿Debe ser un médico o un especialista en
administración pública con nociones acerca de las necesidades médicas?
Lo cual no se puede dejar de mencionar, ya que se tiene presente que el
titular del Poder Ejecutivo es unipersonal. Así que, desde el punto de vista
formal, el Presidente de la República necesita de la administración pública,
que es la entidad constituida por los diversos órganos del poder ejecutivo
federal que realiza las tareas sociales de interés general que señala la
Constitución y las leyes administrativas.
¿Qué cosa son los secretarios del despacho? Son los ministros del gobierno
en el despacho de todos los ramos de la administración pública,
responsables por todas las providencias que firmen y obligados a autorizar
con su nombre todos los actos de dicha administración.
La Constitución Política de México en su artículo 91 establece las calidades
que se requieren para ser Secretario del Despacho, siendo éstas las
siguientes: (1) ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos; (2) ser
mexicano por nacimiento y (3) tener treinta años cumplidos.
La Constitución ha querido que los primeros funcionarios de la Nación
ofrezcan una garantía a la independencia del país en su mismo nacimiento,
pues, aunque por caso raro podrá suceder que alguna persona de origen
extraño tenga más amor a la República que los nacidos en ella, por el orden
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Licenciado en Derecho de la Universidad Veracruzana, tiene M aestría en Ciencias
Penales de la misma casa de estudios; Doctor en Derecho por parte de la Universidad de
Xalapa. Actualmente es docente en posgrados de la Universidad de Xalapa.

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