Artículo 79

AutorDr. Carlos Antonio Vázquez Azuara
Páginas151-152
Carlos García
Méndez
Carlos Antonio
Vázquez Azuara
Adrián Beltrán
Hernández
151
y su actuación se reduce únicamente a otorgar el
nombramiento a la persona designada; por lo que en forma
alguna puede imputársele la asignación de una plaza.
Amparo directo 5298/60. Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado. 13 de abril de 1962.
Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. Ponente:
Angel Carvajal.
ARTÍCULO 79.-La Entidad Pública o la Dependencia en el
caso del Poder Ejecutivo, dará a conocer a la Comisión Mixta
de Escalafón las vacantes que se generen sujetas a ese control
dentro de los treinta días siguientes a aquel en que se dicte el
aviso del movimiento de personal respectivo.
CARLOS ANTONIO VÁZQUEZ AZUARA
COMENTARIO
La obligación de dar a conocer a las comisiones mixtas de
escalafón correspondientes, por parte de las dependencias de
gobierno, las vacantes que se generen, sujetas a ese control,
deriva a su vez, en una obligación que permite materializar el
derecho de ascenso de los trabajadores al servicio del Estado,
pues de tal aviso, la comisión mixta de escalafón
correspondiente, podrá a su vez, iniciar el procedimiento
correspondiente para el concurso de tal plaza.
Época: Quinta Época
Registro: 367112
Instancia: Cuarta Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo CXXIII
Materia(s): Laboral
Tesis:
Página: 1433

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