Artículo 73. Facultades del Congreso

AutorRicardo Jesús Sepúlveda Iguíniz
Páginas279-287

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El contenido de este artículo es:

1) Las facultades explícitas e implícitas del Congreso de la Unión.

2) Las facultades legislativas.

3) Las facultades administrativas.

4) Las facultades jurisdiccionales.

El Poder Legislativo se encuentra depositado en el Congreso de la Unión, el cual se integra por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. En general, le corresponde al Congreso de la Unión legislar, es decir, crear leyes.

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Las facultades expresas del Congreso contenidas en este artículo se dividen en dos clases: facultades explícitas y facultades implícitas.

1) Facultades explícitas. Son aquellas que indican de manera precisa la materia que regulan, es decir, el artículo constitucional las menciona expresamente.

La mayor parte de estas facultades son de naturaleza legislativa, es decir, se refieren a la labor del Congreso de hacer leyes. Así podemos dividir estas facultades de la siguiente forma:

Financieras. Se establecen para imponer contribuciones federales (fracción VII); dar bases para los empréstitos (fracción
VIII); regular la moneda, pesas y medidas (fracción XVIII); establecer contribuciones específicas (fracción XXIX).

Económicas y sociales. Se refieren a impedir restricciones en el comercio (fracción IX); hidrocarburos, minería, comercio, indus-tria cinematográfica, juegos y trabajo (fracción X); salubridad general (fracción XXV); vías generales de comunicación (fracción
XVII); educación, (fracción XXV, XXIX-D); planeación y desarrollo; abasto, bienes y acciones económicas (fracción XXIX-E); inversión extranjera, ciencia y tecnología (fracción XXIX-F).

Defensa y relaciones exteriores. Regulan la declaración de guerra (fracción XII); derecho marítimo (fracción XIII); fuerzas armadas (ejercito, marina y fuerza aérea, fracción XIV); guardia nacional (fracción XV); nacionalidad y extranjería (fracción XVI); servicio exterior (fracción XX); bandera, escudo e himno (fracción XXIX-B).

Entorno y ecología. Relacionadas con aguas federales (fracción V); asentamientos humanos (fracción XXIX-C); medio ambiente y ecología (fracción XXIX-G).

El Congreso, sin embargo, no tiene únicamente la labor de hacer leyes sino que también interviene en otros asuntos. Así, encontramos que el Congreso además de legislar tiene otras funciones de naturaleza administrativa o jurisdiccional.

Las facultades administrativas son las siguientes:

a) Admisión de nuevos estados a la Federación (fracción I).

b) Erección de estados dentro...

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