Artículo 71

AutorDr. Carlos Antonio Vázquez Azuara
Páginas139-142
Carlos García
Méndez
Carlos Antonio
Vázquez Azuara
Adrián Beltrán
Hernández
139
e) Control directo de adquisiciones: cuando tengan la
representación de la Cámara de Diputados con facultades para
tomar decisiones sobre las adquisiciones y compras, así como el
personal encargado de apoyar con elementos técnicos estas
decisiones y que ocupe puestos presupuestalmente
considerados en estas áreas de la Cámara de Diputados con
tales características.
f) En almacén e inventarios, el responsable de autorizar el
ingreso o salida de bienes o valores y su destino o la baja y alta
en inventarios;
g) Todos aquellos trabajadores que desempeñen funciones que
por su naturaleza sean análogas a las anteriores.
Fracción reformada DOF 29-12-1978, 03-05-2006
IV.- En el Poder Judicial: los Secretarios de los Ministros de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, los Secretarios del
Tribunal Pleno y de las Salas;
Fracción reformada DOF 23-12-1974
V.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 21-02-1983
ARTÍCULO 71.-Las plazas a considerarse para la aplicación
del Reglamento de Escalafón, se señalarán en dicho
ordenamiento.
CARLOS ANTONIO VÁZQUEZ AZUARA
COMENTARIO
Una plaza, desde la óptica conceptual, es aquella de la que
gozan los trabajadores de base, que representa el estatus
laboral en el que se desempeñan los trabajadores, la cual es
inamovible, salvo las excepciones que marca la Ley.

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