Artículo 134. Principios y bases para el uso de recursos públicos y la contratación con particulares

AutorEdgar Corzo
Páginas501-503

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El contenido de este artículo es:

1) Los principios de administración de los recursos públicos.

2) Las licitaciones públicas.

3) La responsabilidad de los servidores públicos.

En otros comentarios a diversos artículos constitucionales hemos visto que para poder realizar un gasto, éste debe estar previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Una vez previsto, corresponde preocuparnos por la forma en que se efectuará, por lo que es importante señalar algunos principios conforme a los cuales debe realizarse dicho gasto, que es a lo que se refiere el primer párrafo del presente artículo. Así, todas las dependencias que utilicen recursos públicos, sean de la administración central como de la llamada paraestatal, deben administrarlos: 1) con eficiencia, es decir, deben ser administrados por pesonas que tengan los conocimientos y las capacidades adecuadas para realizar el manejo de los recursos; 2) con eficacia, lo que implica obtener el resultado de la mejor manera posible, evitando dispendio de tiempo y recursos, y 3) con honradez, que significa que deben caracterizarse por su realización decente y

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recta, sin que se obtengan beneficios personales y mucho menos hacer que otros los obtengan. Finalmente, también el manejo de los recur-sos debe cumplir con los objetivos para los cuales fueron previstos.

El “poder de compra del Estado”, que se traduce en la posibilidad de adquirir, arrendar, enajenar, prestar servicios y contratar obra, también es preocupación del adecuado manejo de los recursos públicos. Por tanto, en este precepto constitucional se establece la licitación pública como procedimiento mediante el cual se asegura una correcta disposición de los recursos. Para ello se lanza una convocatoria pública abierta, con el objeto de dar a conocer la actividad que le interesa realizar a la dependencia en cuestión y de que las empresas interesadas presenten propuestas en sobre cerrado; el concurso será ganado por la empresa que presente la mejor oferta. Con este procedimiento se aseguran las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad, pero sobre todo se evitan fraudes y favoritismos.

Hay sin embargo ocasiones en que las licitaciones públicas no resultan ser las más idóneas para realizar lo que pretende la dependencia pública; en este caso, hay que acudir a la ley para buscar las bases, procedimientos...

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