Artículo 130. Requisitos que debe contener el escrito de contestación

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas265-265

Page 265

Requisitos que debe contener el escrito de contestación

Artículo 130.- Al darse contestación a la solicitud de conciliación se deberá precisar el nombre de las personas facultadas para representar y obligar a la dependencia o entidad y, en su caso, al proveedor en el procedimiento de conciliación. Si la dependencia o entidad o, en su caso, el proveedor omiten dar contestación a uno o varios de los hechos o argumentos señalados por el solicitante, se podrá dar respuesta a los mismos durante la audiencia de conciliación.

A los servidores públicos facultados para representar a las dependencias y entidades que, sin causa justificada, omitan...

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