El Artículo 13 constitucional

AutorRenato de J. Bermúdez F.
Páginas181-194
181
Quinto teMA
XXV. Texto del Artículo 13 constitucional XXVI. Concepto de fuero
XXVII. Subsistencia de los tribunales militares XXVIII. Los delitos marciales
XXIX. Las faltas en el ámbito castrense XXX. El personal civil y los tribuna-
les del fuero de guerra
El artículo 13 de la Constitución establece expresamente, en el segundo
párrafo, que subsistente el Fuero de guerra para conocer sobre los deli-
tos y faltas que en contra de la disciplina militar se cometan. Dicho pá-
rrafo en esencia contempla básicamente cuatro materias o temas de
importancia en el ámbito del Derecho Constitucional, y específicamen-
te para el Derecho Militar: el concepto del vocablo fuero; la subsisten-
cia de los tribunales militares; los delitos y las faltas en el ámbito cas-
trense; y la prohibición para que la jurisdicción marcial juzgue a
personas ajenas a las instituciones militares. Por otra parte, dichos tri-
bunales en el medio jurídico nacional, y desde nuestras primeras nor-
mas constitucionales han estado siempre presentes en su texto, tal y
como debemos habernos percatado con las anotaciones que hemos
realizado; y a partir de la norma suprema que nos rige, la prohibición
expresa para que dichos entes jurisdiccionales juzguen al personal ci-
vil. En tal concepto, el primer paso que habremos de realizar es revisar
la redacción literal y el contenido del multicitado precepto, mismo que
se escinde en dos grandes rubros, y que a continuación enunciaremos.
Este precepto legal aparece redactado en nuestra carta magna, de la si-
guiente forma:

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