Artículo 114. Plazos y prescripciones de diversos tipos de responsabilidad

AutorEduardo Ferrer Mac-Gregor
Páginas415-416

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El contenido de este artículo es:

1) El período en que puede iniciarse el juicio político y tiempo en que pueden aplicarse las sanciones respectivas.

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2) La prescripción en materia de delitos cometidos por un servidor público.

3) La prescripción tratándose de responsabilidad administrativa.

Existen conductas que por su simple comisión deben ser sancionadas; sin embargo, hay tiempos dentro de los cuales se debe iniciar el proceso para que una vez concluido, y de resultar culpable en este supuesto, el servidor público sea sancionado. En caso de que trans-curran esos plazos sin que haya iniciado el mismo, ya no podrá ser sancionado por haber llegado a término el tiempo que marca la ley.

La figura de la prescripción existe en tanto que no es posible que una persona sea perseguida de por vida por haber cometido una conducta que haya transgredido una norma penal o administrativa. En el supuesto del juicio político se establece el tiempo en que dura el encargo e incluso un año más para iniciar el proceso respectivo; en caso contrario, no se podrá ejercer la acción en contra del servidor público.

Tratándose de conductas de los servidores públicos que puedan ser constitutivas de delitos, existen dos posibilidades: la primera se refiere a aquellos servidores que no tienen fuero, con lo cual la acción penal prescribe en un tiempo mínimo de tres años; la segunda se refiere a aquellos servidores que tienen fuero y no lo perdieron durante su cargo, siendo efectivamente a partir de que dejan el mismo cuando empiezan a correr los tiempos de la prescripción, que de igual forma no será menor a tres años.

En materia de responsabilidades administrativas la Constitución remite a la ley, estableciendo únicamente que cuando se trata de con ductas consideradas como graves, no prescribirán en menos de tres años. Al respecto, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos ha determinado que...

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