Artículo 113. Acreditación del pago de la multa impuesta

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas259-260

Page 259

Acreditación del pago de la multa impuesta

Page 260

Artículo 113.- Para efectos de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley, el licitante o proveedor acreditará que ha pagado la multa que se le impuso, presentando a la Secretaría de la Función Pública el documento comprobatorio del pago correspondiente, a fin de que se publique en CompraNet que la inhabilitación ha dejado de surtir efectos.

En defecto de lo señalado en el párrafo anterior, los licitantes deberán agregar a sus proposiciones copia simple del documento comprobatorio de pago referido en el citado párrafo, el cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR