Arrendamientos. Impactos de la NIIF 16

AutorJosé De Jesús Luna Ortiz
CargoSocio de asesoría en servicios contables y mercados de capitales de KPMG, Cárdenas Dosal
Páginas58-59
58
Arrendamientos
IMPACTOS DE LA NIIF 16
MTRO. Y C.P.C. JOSÉ DE JESÚS LUNA ORTIZ
SOCIO DE ASESOR ÍA EN SERVICIOS CONTABLES Y MERCADOS
DE CAPITALES DE KPMG, CÁRDENAS DOSAL
JJLUNA@KPMG.COM.MX
Hace más de un año que el Consejo de Nor mas Internacionales de Contabilidad
emitió la Norma Internaciona l de Información Financiera (N IIF, o IFRS, por
sus siglas en inglé s) 16, Arrendamientos, la cu al reemplaza a la normativ idad
contable vigente relacionada con temas de ar rendamiento: NIC 17, IFRIC 4, SIC-
15 y SIC-27.
La NIIF 16 es obli gatoria a partir del 1 de enero de 2019, pero se puede adoptar
anticipadamente, siempre y cuando la s compañías adopten, de ig ual manera
la IFRS 15, I ngreso de Contratos con Clientes, la c ual es obligatoria pa ra ejer-
cicios que inicien el 1 de enero de 2018. Aun c uando la fecha de adopción de la
nueva norma de arrendam ientos luce un tanto lejos, tenemos que capitaliza r la
experiencia que vivieron mucha s compañías list adas en la Bolsa Mexica na de
Valores (BMV) cuando adoptaron la s NIIF por primera vez el 1 de enero de 2012 .
Un punto medular en la tran sición antes mencionada, fue la de evaluar, con el
debido tiempo, los impactos de las N IIF en los estados financieros.
Al respecto, la ev aluación anticipada de los impact os de la NIIF16, A rrenda-
mientos, representará un a ventaja para las compañía s y, principalmente los
arrendatarios que son los pri ncipales afectados, y a que representa un cambio
sustancial en la form a de contabilizar los arrendamientos ope rativos. En la ac-
tualidad, los a rrendatarios reconocen en los resultados del ejercicio el ga sto de
arrendamiento conforme se v a devengando y, de igual maner a, reconocen el
pasivo correspondiente en el estado de sit uación financiera . Sin embargo, la
nueva norma contable requiere que los arrendat arios, reconozcan en el estado
de situación financier a, el valor presente de los pagos de renta fut uros que se
consideren no cancelable s conforme al contrato de ar rendamiento, reconocien-
do por una parte un act ivo denominado “Derecho de uso” y por la otra par te un
“Pasivo financiero por arrendam iento”.
El Derecho de uso representa un a ctivo no monetario que se amort izará, de
conformidad con la Norma Interna cional de Contabilidad (NIC) 16, Propiedad,
Planta y Equipo (de forma lineal), en el perio do más corto entre la vida útil del
bien o el periodo de arrendam iento y, derivado de que se trata de un activo mo-
netario, estar á sujeto a pruebas de deterioro, de acuerdo con la NIC 36, Deter io-
ro de Activos. Por otra parte , el Pasivo financiero por arrendamiento se l levará
por el método de costo amorti zado, utilizando el método de interés efect ivo.
El reconocimiento del Derecho de u so originará que los ar rendatarios luzcan
con más activos en su esta do de situación financiera , pero, de igual forma, su
nivel de endeudamiento crecerá p or el reconocimiento del Pasivo fina nciero
por arrendamiento. Lo anter ior tendrá un impacto importante en métricas f i-
nancieras, las cu ales son clave en las compañías, no solo para medi r el desem-

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