Arbitraje comercial a residentes en el extranjero. Se publican reformas al Código de Comercio

Páginas7-7

Page 7

En el DOF del pasado 6 de junio, la SE publicó el Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 1424 del Código de Comercio, el cual entró en vigor el 7 de junio de 2011.

Con ello se establece que el juez al que se someta un litigio sobre un asunto que sea objeto de un acuerdo de arbitraje comercial, remitirá a las partes al arbitraje en el momento en que lo solicite cualquiera de ellas, a menos que se compruebe que el acuerdo es nulo, ineficaz o de ejecución imposible, sin menoscabo de ello, cuando un residente en el extranjero se hubiera sujetado expresamente al arbitraje e intente un litigio individual o colectivo, el juez remitirá a las partes al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR