Se aprueban modificaciones en materia penal fiscal. Respuesta a las principales dudas

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas1-9
Se aprueban modif‌i caciones en materia
penal f‌i scal. Respuesta a las principales dudas
ØLIC. ALEJANDRO MARTÍNEZ BAZAVILVAZO
Introducción
Recientemente fueron aprobadas por el Congreso de
la Unión diversas modificaciones al Código Fiscal de la
tra la Delincuencia Organizada y el Código Nacional
de Procedimientos Penales, a fin de hacer más severas
las consecuencias penales y procesales que recaen
sobre los imputados o acusados por la probable co-
misión de ciertos delitos fiscales, mismas que entrarán
en vigor a partir del 1o. de enero de 2020. En rela-
ción con tales modificaciones, han surgido diversas
dudas respecto a su aplicación y las consecuencias
en los derechos de los imputados o acusados duran-
te las etapas del procedimiento penal. Con base en
esas etapas, damos respuesta a las principales dudas
sobre los efectos que pueden derivar de los drásticos
cambios aprobados.
Principales dudas en materia penal fiscal
1. Conforme a las modificaciones aprobadas, ¿cuán-
do se considera que un delito fiscal es cometido
por la delincuencia organizada?
R. Cuando tres o más personas se organicen de hecho
para realizar, en forma permanente o reiterada, con-
ductas que por sí o unidas a otras, tengan como fin
o resultado cometer los siguientes delitos:
a) Contrabando y su equiparable, previstos en los
artículos 102 y 105 del CFF, pero sin sujetarse
a ningún monto o cuantía de contribuciones y
cuotas omitidas.
b) La defraudación fiscal que consigna el artículo
108 del CFF, cuando el monto de lo defraudado
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