Aporía de la reticencia a la unificación de la legislación penal en méxico a la luz de las políticas públicas con perspectiva de derechos humanos.

AutorDr. Alan Jair García Flores
Páginas443-470

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Introducción

Desde el inicio de la vida en sociedad, el hombre asimiló la imperiosa necesidad de estar a salvo de posibles afectaciones que pudiesen lesionar o poner en riesgo su persona, su núcleo familiar o bien sus pertenencias, razón por la que determinó la creación de un ente denominado Estado cuya principal misión residiera en mantener un orden, a través de la emisión de un cúmulo de normas y el establecimiento de sanciones que le permitiese vivir en armonía.

La vinculación entre cesión de libertad del ser humano y la obligación del Estado de brindar protección al gobernado constituye un binomio irrestricto dentro de los estándares de un Estado moderno. Asimismo, como agente rector del orden social el Estado ha propiciado la emisión de acciones y normas jurídicas con miras a garantizar el libre desarrollo de sus gobernados y la permanencia de un ambiente de respeto a sus derechos.

En este sentido argumentativo, en el Estado mexicano se vivió un cambio de paradigma en el sistema de justicia penal, a través de la reforma constitucional del 2008, dónde se modificaron diversos numerales que en su conjunto sustentaron la adopción del sistema jurídico garantista y en sí, del esquema procesal acusatorio-adversarial que refiere la primacía del Programa Penal de la Constitución, entendido como el "conjunto de postulados político-jurídicos y político-criminales del que se afirma constituye el marco normativo en el seno del cual el legislador penal puede y debe tomar sus decisiones, y en el que el juez ha de inspirarse para interpretar las leyes que le corresponde aplicar" (Berdugo, citado por Contreras, 2009: 64). Asimismo, se infiere que el Estado mexicano proclama el respeto a los principios sustantivos, adjetivos y ejecutivos que se erigen como límite al poder punitivo del Estado, es decir, al ius puniendi.

Consecutivamente en 2011, México se volcó sobre un esquema proteccionista ya que se elevó a rango constitucional a los derechos humanos, reconociendo la obligación de prevenir, respetar y garantizar los derechos fundamentales, a saber:

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el

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Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley (Art. 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).

Con base en el transito proteccionista generado a partir de la reforma constitucional en materia penal acaecida en 2008 y el Pacto por México, esgrimido en el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto, se urge la necesidad de promulgar un Código Penal Único para toda la República Mexicana tendiente a solventar el grave problema de la diversidad de ordenamientos jurídico-penales que propicia la tipificación diferenciada de conductas antisociales y la regulación de consecuencias jurídicas del delito.

1. Prefacio de las políticas públicas

La sociedad enfrenta una serie de problemas en el devenir de su vida cotidiana que atentan contra la armonía al interior de un Estado, sin embargo, éste debe buscar estrategias para sortearlos en pos de continuar con la tranquilidad de los gobernados, es entonces que surge la idea de las políticas públicas, término que se introdujo con el texto de Harold D. Laswell, intitulado La orientación hacia las políticas públicas, y que fuera publicado en 1951.

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El marco contextual de la obra resulta de cardinal importancia para avistar el trasfondo de tan importante investigación, toda vez que habiendo culminado la Segunda Guerra Mundial, ante la consolidación del bloque socialista en la mitad de Europa y bajo los albores del primer conflicto bélico que originó la Guerra Fría, es decir, la Guerra de Corea; se propicia una discusión acerca de los retos del capitalismo democrático estadounidense sobre la conveniencia de mantener un modelo estatal centralizado que rige la producción y la distribución de los bienes a la población (OACNUDH, 2010; Vázquez y Delaplace, 2011).

De tal guisa, Laswell ofreció un planteamiento sobre la manera en que se debía afrontar la difícil situación por la que atravesaba Estados Unidos, circunstancia que se advierte a través de lo que éste señaló como Las ciencias políticas de la democracia, dentro del cual sentencia:

La tradición norteamericana dominante defiende la dignidad del hombre, no la superioridad de una clase sobre otra. Es por ello que puede vislumbrarse que todo el énfasis se pondrá en "el desarrollo del conocimiento que permita la realización más completa de la dignidad humana. Llamémosle a esto, por conveniencia, el desarrollo de las ciencias políticas de la democracia" (Policy sciences of democracy) (Laswell, 1992: 93).

La postura de Laswell, se encaminó bajo una directriz política, ideológica y cultural al referir la preocupación sobre la permanencia de un régimen de gobierno que se ocupara de afrontar los problemas que existían en ese entonces, así pues, se formuló una pregunta que marcó el inicio de la discusión acerca de las políticas públicas, es decir, ¿Cuál es el mejor y más eficiente régimen gubernamental? Fue necesario estructurar un enfoque de políticas públicas sustentado en el desarrollo científico-causal y, la creación de novedosas y eficientes versiones de éstas que permitieran pugnar por la legitimidad de las políticas democráticas capitalistas sobre las socialistas; bajo la salvedad que advierte la experiencia acerca del riesgo que ofrece el instaurar una política pública poco acertada (OACNUDH, 2010; Vázquez y Delaplace, 2011).

No obstante, la interesante discusión ideológica que significó el origen de las políticas públicas, la atención se focalizó en el objetivo ulterior que contemplan, es decir, el por qué y para qué se desarrollan. Ante ello, sólo se puede argumentar: brindar racionalidad a las acciones gubernamentales, toda vez que la consecución del bienestar público

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simboliza el eje rector de la actividad estatal que, al ser una labor realizada con recursos públicos, sus objetivos deben versar sobre la obtención del mayor bienestar posible de la forma más eficiente, a través de los objetivos, mecanismos y procedimientos generados (Pérez, 2008).

Existen dos importantes elementos que no se deben de perder de vista dentro de las políticas públicas: primeramente, se abocan a revisar los procesos de toma de decisiones por parte de las autoridades estatales y en segundo lugar, tienden a analizar, valorar y perfeccionar la racionalidad con la que gestan dichos procesos. Así pues, si por racionalidad en la toma de decisiones gubernamentales se considera una serie de características esperadas, tales como eficiencia, eficacia, economía, productividad y oportunidad, entonces cabe sentenciar que una política pública racional debe ser aquélla que contemple dichos atributos (Vázquez y Delaplace, 2011).

La racionalidad de las decisiones gubernamentales debe contar con tres importantes elementos para su estructuración, a saber:

· La pertinencia de la investigación en función de la toma de decisiones.

· La conveniencia de la formación de recursos humanos en la investigación para la correcta toma de decisiones.

· La profesionalización de las personas que laboran en el sector gubernamental (Del Castillo y Méndez, 2010: 10).

A los precitados elementos de políticas públicas –el proceso de toma de decisiones y la racionalidad- se debe añadir que éstas tienen por objeto resolver un problema que se considera público, es decir un conflicto para toda la comunidad. En tal virtud, la política pública tiene por objeto afrontar y resolver un problema público de forma racional a través de un proceso de acciones gubernamentales (Pérez, 2008; OACNUDH, 2010; Vázquez y Delaplace, 2011).

Las políticas públicas para Laswell, se refirieron al estudio que se ocupa de explicar "los procesos de elaboración y ejecución de las políticas públicas y de la recopilación de datos y de la producción de interpretaciones relevantes en los problemas de políticas" (1992: 110) bajo

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este enfoque se interesó en el proceso de toma de decisiones gubernamentales basadas en la perspectiva en que se erigía.

En su caso, el Estado mexicano inició el fomento de las políticas públicas a finales de los años 80´s y principios de los 90´s, con la creación de la Maestría en Políticas Públicas del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) en 1998 (Aguilar, 2004).

Los años ochenta, significaron una grave crisis política en México debido al desplome del arreglo político y el modelo económico instaurado cuatro décadas atrás, bajo los mandatos de los ex Presidentes Cárdenas y Alemán. Ante esta delicada etapa, surgió una propuesta democratizadora del régimen, su reclamo se centró en la inconformidad intelectual y política del país a causa de la crisis, así pues su nota distintiva radicaba en el limitado entendimiento del proceso democratizador inspirado en las tesis convencionales de la transición democrática que se tradujo en la...

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