La aplicación del control difuso de constitucionalidad y el amparo 'justo prieto': la constitución como Ley Suprema de la Unión

AutorManuel González Oropeza
Páginas13-30
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
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TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
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1. De ahí que este juicio de amparo sea más conocido por el nombre de su promovente, “Amparo Justo Prieto”. Semanario Judicial de la
Federación, Segunda Época, Tomo III, p. 339-394, No. de registro 12,428, 17 de septiembre de 1881.
2. Originalmente el país confi ó su administración de justicia a jueces legos, sin conocimiento formal de la ciencia jurídica, basado en que
fuese la justicia más que la legalidad el valor que prevalecía en los tribunales. Los asesores eran formados en la ciencia jurídica y daban
su opinión experta a los jueces legos.
3. Los hombres en cuestión son Saturnino León, José Carmona, Blas Durán, Narciso Salcido, Avelino Zúñiga, Isidoro Zúñiga y Manuel
Sáenz, los cuales estaban al servicio de Tomás Núñez, ya “cansados de tolerar una vida penosa de esclavitud por tantos años en el
servicio”, amén de estar siempre comprometidos a pagar exorbitantes sumas de dinero por la manta que el propio Núñez les vendía. Su
situación era el antecedente de las tiendas de raya tan frecuentes en las haciendas del Porfi riato.

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