Apéndice 7. Extracto de la ejecutoria del amparo en revisión 106/2002 resuelto por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

AutorClara Luz Álvarez González de Castilla
Páginas341-352
Apéndices 341
341
Extracto de la ejecutoria del amparo en revisión 106/2002, promovido por Teléfonos
de México, S.A. de C.V., resuelto el 23 de agosto de 2002 por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de votos de los Ministros
Juan Díaz Romero (ponente), Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio Salvador Aguirre
Anguiano y Presidente José Vicente Aguinaco Alemán. Ausente el Ministro Mariano
Azuela Güitrón por licencia concedida por el Pleno...
CONSIDERANDO
Sexto. (…)
(…)
Por otra parte , en el artículo 36 de Ley Orgánica que también se transcribió, se
delimitó el ámbito de competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transpor-
tes, a la que, entre otras cuestiones, compete otorgar concesiones y permisos para
establecer y explotar servicios telefónicos, sistemas y servicios de comunicación
inalámbrica por telecomunicaciones y satélites, fijar normas técnicas del funciona-
miento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes y las
tarifas para el cobro de los mismos, promover y, en su caso, organizar la capacita-
ción, investigación y el desarrollo tecnológico en materia de comuni caciones y
transportes.
Ahora bien, la finalidad perseguida por el Constituyente que emerge del artícu-
lo 90 acabado de transcribir, consistente en que el Congreso de la Unión debe fijar,
mediante normas generales, la esfera de competencia que toca a cada Secretaría y
a cada órgano desconcentrado, permite entender que tal facultad no se agota en la
expedición de la Ley Orgánica mencionada, sino que puede válidamente ejercitarla
en otras leyes si persiguen la misma finalidad de distribuir competencias a los ór-
ganos administrativos mencionados.
Así, el legislador federal expidió la Ley Federal de Telecomunicaciones (publi-
cada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de mil novecientos noven-
ta y cinco), para regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radio-
eléctrico, de las redes de telecomunicaciones y de la comunicación vía satélite, y en
uso de la facultad que le confiere el artículo 90 constitucional continuó con su labor
de distribuir la competencia de los órganos que integran la Administración Pública
Federal, a través de normas generales, al atribuir diversas facultades al Secretario
Apéndice 7
Extracto de la ejecutoria del amparo en revisión 106/2002
resuelto por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación

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