Apéndice 3. Modificación al Título de Concesión de Teléfonos de México, S.A. de C.V. de 10 de agosto de 1990

AutorClara Luz Álvarez González de Castilla
Páginas227-262
22 7
Antecedentes 579
I. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo La Secre-
taría, otorgó a la empresa paraestatal Teléfonos de México, S.A. de C.V., en
lo sucesivo Telmex, con fecha 10 de marzo de 1976 un Título de Concesión,
con vigencia por 30 años, para construir, operar y explotar una red de ser-
vicio telefónico público.
II. Las telecomunicaciones constituyen una actividad de gran importancia para
impulsar todos los renglones de desarrollo nacional. Actualmente, las tele-
comunicaciones se han convertido en un elemento fundamental para lograr
la modernización y competitivid ad de prác ticamente cualquie r actividad
económica.
III. El desarrollo tecnológico permite actualmente conducir por la red de ser-
vicio público telefónico no só lo señales de voz , sino también de datos,
textos e imagen, lo que hace posible la prestación de una gran variedad de
nuevos servicios, por lo que la red pública telefónica ha evolucionado hacia
una Red Pública de Telecomunicaciones.
IV. Telmex logró expandir su red durante los últimos 14 años de forma impor-
tante, pero aún insuficiente frente a las necesidades de la sociedad y los
propósitos de crecimiento y modernización del país. La red pública de te-
lefonía requiere de una expansión y modernización acelerada, además de
mejorar sustancialmente la calidad y diversidad de sus servicios, lo cual
implica realizar grandes inversiones.
V. Ante el reto que implica el desarrollo de las telecomunicaciones, resulta
indispensable abrir nuevas posibilidades para su financiamiento, mediante
una mayor participación de la inversión privada y los recursos internos que
genere el servicio, sin distraer recursos del Estado necesarios para otros
programas de infraestructura y desarrollo social.
VI. El Gobierno Federal ha decidi do reducir su part icipación accionaria en
Telmex, con base en las premisas de mantener la rectoría del Estado y el
control mayoritario de la empresa por parte de mexicanos, de mejorar ra-
dicalmente el servicio telefónico, asegurar su expansión en forma sosteni-
579Texto obtenido de http://www.cft.gob.mx/wb2/COFETEL/COFE_T itulos_de_concesion_ (fe-
cha de consulta: 30 de diciembre de 2006).
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Modificación al Título de Concesión
de Teléfonos de México, S.A. de C.V. de 10 de agosto de 1990579
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da, e impulsar la investigación científica y tecnológica en materia de teleco-
municaciones.
VII. La empresa ha renovado sus relaciones labor ales y ha desar rollado un
nuevo modelo de trabajo basado en un elevado involucramiento de sus
trabajadores en el desarrollo de sus actividades corporativas.
Empresa y trabajadores se han comprometido con la modernización de la
empresa y con el logro de estándares internacionales de productividad.
Este compromiso se ha plasmado en el Convenio de Concertación para la
Modernización firmado el 14 de abril de 1989.
En la desincorporación de Telmex se deberán garantizar los derechos de
los trabajadores, respetando los términos de dicho convenio.
Asimismo, el Gobierno Federal preverá los mecanismos de participación
económica de los trabajadores de la empresa, de acuerdo con su capacidad
de ahorro.
VIII. En virtud de que el Gobierno Federal ha considerado conveniente dejar de
tener la participación mayoritaria en el capital social de Telmex, es necesario
modificar los términ os y cond iciones de la concesión otorgada el 10 de
marzo de 1976, de acuerdo a la cláusula trigésima novena de dicho Título.
IX. Asimismo, el Gobierno Federal considera necesario modificar el Título de
Concesión pa ra adecuarlo al av ance tecnológico, asegurar que Telmex
cumpla con los compromisos de cobertura, calidad y precio de los servi-
cios, así como para promover una competencia equitativa con otras empre-
sas de telecomunicaciones, que propicie el mejoramiento de los servicios
en atención a las demandas de los usuarios.
X. Consi derando que Telmex constituye una empresa que cumple c on los
requisitos legales, técnicos y económicos para prestar y modernizar los
servicios públicos, ma teria de l a concesión del 10 de marzo de 1976, el
Gobierno Federal ha determinado modificar dicho Título de Concesión con
base en los términos y condiciones siguientes.
Concesión
El Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transpor-
tes (La Secretaría), con fundamento en la facultad que le confieren los artículos 3o.
y 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación y de conformidad con los ante-
cedentes mencionados, modifica la concesión otorgada el 10 de marzo de 1976 a
Teléfonos de México, S.A. de C.V. (Telmex), para quedar en los términos del presen-
te Título, de manera que esta concesión sea para:
Construir, instalar, mantener, operar y explotar una red pública telefónica por
un periodo de 50 años contados a partir del 10 de marzo de 1976, con cobertura en
todo el territorio nacional, a excepción del área concesionada a Teléfonos del No-
roeste, S.A. de C.V.
Telmex, por medio de la red pública telefónica, deberá prestar los siguientes
servicios:
Apéndices 229
a. El servicio público de conducción de señales de voz, sonidos, datos, textos
e imágenes, a nivel local y de larga distancia nacional e internacional.
b. El servicio público de telefonía básica.
Telmex acepta la presente modificación a la concesión de la que es titular, para que
ésta quede en los términos establecidos en las siguientes condiciones de los 8 capítu-
los del presente Título, el cual entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, que-
dando sin efecto la cláusula trigésima novena de la Concesión que se modifica.
México, Distrito Federal de los 10 días del mes de agosto de mil novecientos noventa.
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
EL SECRETARIO.- ANDRÉS CASO LOMBARDO
TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.- PEDRO ASPE ARMELLA
DIRECTOR GENERAL.- ALFREDO BARANDA GARCÍA
Condiciones
Capítulo 1. Definiciones y alcance de la concesión
1.1 Red Pública Telefónica
La Red Pública Telefónica a que se refiere esta Concesión es una Vía General de Co-
municación que se integra por el conjunto de canales circuitos o cualquier otro medio
de transmisión, así como dispositivos o centrales de conmutación que permiten
prestar al público en general el servicio de conducción de señales de voz, sonidos,
datos, textos e imágenes, por líneas físicas conductoras eléctricas, radioelectricidad,
medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos o de cualquier otro tipo.
La Red Pública Telefónica a que se refiere esta concesión, en lo sucesivo La Red,
se limita a aquella por la que se pueden conducir señales entre los siguientes puntos.
a. Entre puntos de conexión terminal de La Red.
b. Entre puntos de conexión terminal de La Red y puntos de servicio interno
de la Red.
c.
Entre puntos internos de servicio de La Red, sin prestar el servicio a terceros.
d. Entre una caseta telefónica pública y cualquier otro punto de La Red.
La Red se integra por un conjunto de redes locales, urbanas y rurales, y una red
de larga distancia que enlaza dichas redes, que a su vez se interconectan con redes de
otros países, por medio de las cuales se conducen las señales para prestar los servicios
públicos locales y de larga distancia nacional e internacional concesionados.
La Red pública concesionada no comprende las siguientes redes e instalaciones:
a. Los equipos y redes de telecomunicaciones que se encuentren más allá del
punto de conexión terminal de La Red.

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