Anexo. Cuadros analíticos de 10 iniciativas de reforma constitucional que proponen la reelección inmediata de los legisladores

AutorAlfonso Del Rosal y Hermosillo
Páginas191-198
19 1
1: Cámara de Diputados LVII Legislatura 29 de octubre de 1998
Diputado Mauricio Rossell Abitia PRI
Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 59 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Artículo único. Se reforma el artículo 59 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 59. Los senadores podrán ser reelectos por una sola ocasión para ocupar el mismo
cargo durante el periodo inmediato y los diputados hasta en tres. Una vez transcurridos
dichos periodos consecutivos, ambos podrán presentarse nuevamente como candidatos
al mismo cargo una vez pasado, por lo menos, un periodo intermedio.
Los legisladores electos, ya sea por el principio de mayoría o de representación proporcio-
nal, no podrán ser reelectos por el de representación proporcional.
Los senad ores y diputados suplentes podrá n ser electos par a el periodo inme diato con
el c arácter d e propieta rios, sie mpre que no hub ieren est ado en ejercicio por más de
dos pe riodos conse cutivos los primeros, y por má s de tres periodos consecutivos los
segundos .
Los senadores y diputados propietarios que no puedan ser reelectos para el periodo con-
secutivo conforme a lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo, tampoco podrán
ser electos con el carácter de suplentes.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el 1o. de septiembre del año 2000.
Anexo
Cuadros analíticos de 10 iniciativas
de reforma constitucional que proponen
la reelección inmediata de los legisladores

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