Anexo 1 de la Resolución en materia aduanera de la Decisión 2/2000 del Consejo conjunto del Acuerdo interino sobre comercio y cuestiones relacionadas con el comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea

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EDICIONES FISCALES ISEF 22
ANEXO 1 DE LA RESOLUCION EN MATERIA
ADUANERA DE LA DECISION 2/2000 DEL CON-
SEJO CONJUNTO DEL ACUERDO INTERINO
SOBRE COMERCIO Y CUESTIONES RELACIO-
NADAS CON EL COMERCIO ENTRE LOS ESTA-
DOS UNIDOS MEXICANOS Y LA COMUNIDAD
EUROPEA
Actualizado con el D.O.F. del 14 de diciembre de 2006
Contenido
A. Notas al Certificado de circulación EUR.1
Notas al Certificado de circulación EUR.1
Con el propósito de aplicar el trato preferencial se deberá contar
con un Certificado expedido por la autoridad aduanera de algún Esta-
do Miembro de la Comunidad, de conformidad con lo siguiente:
Campo 1. Deberá anotarse el nombre completo, denominación
o razón social, domicilio completo del exportador y país de exporta-
ción.
(R) Campo 2. Deberá indicarse el país, grupo de países o terri-
torio de exportación y de importación. En el caso de mercancías
originarias de la Comunidad puede indicarse el Estado Miembro,
la Comunidad Europea o un Estado Miembro y la Comunidad Eu-
ropea. Se podrán utilizar otros términos que se refieran inequívo-
camente a la Comunidad como son: inter alia, la Unión Europea o
las siglas CE (por Comunidad Europea), UE (por Unión Europea),
CM (por Ceuta y Melilla) u otra que haga referencia al país, grupo
de países o territorios de exportación.
Campo 3. El llenado de este campo es opcional. En caso de lle-
narse deberá indicarse el nombre completo, denominación o razón
social, domicilio completo del destinatario y país de destino.
(R) Campo 4. Deberá indicarse el país, grupo de países o
territorio de la Parte exportadora de donde se consideran origi-
narias las mercancías. En el caso de mercancías originarias de
la Comunidad puede indicarse el Estado Miembro, la Comunidad
Europea o un Estado Miembro y la Comunidad Europea. Se po-
drán utilizar otros términos que se refieran inequívocamente a la
Comunidad como son: inter alia, la Unión Europea o las siglas
CE (por Comunidad Europea), UE (por Unión Europea), CM (por
Ceuta y Melilla) u otra que haga referencia al país, grupo de paí-
ses o territorios de exportación.
Campo 5. Deberá indicarse el país, grupo de países o territorio de
la Parte importadora al que se destinan las mercancías.
Campo 6. El llenado de este campo es opcional. En caso de lle-
narse podrá indicarse el medio de transporte en que se conduce la
mercancía para su ingreso al territorio nacional, incluyendo el número
de guía aérea o conocimiento de embarque, en caso de conocerse.

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