Análisis a la regulación en materia de contratos administrativos en Brasil
Autor | Norma Estela Pimentel Méndez |
Cargo | Dra. en Derecho por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Investigadora Académica en la Universidad Popular Autónoma de Puebla |
Páginas | 407-424 |
407
Análisis a la regu lación en materia de contratos a dministrativos en Bra sil pp. 407-424
Análisis a la regulación en materia de contratos
administrativos en Brasil
Norma Estela Pimentel Méndez*
República Federativa de Brasi l / II. Casos de excepción para la adjudicación de los
contratos por med io de licitación pública / III. Etapas del proce dimiento licitatorio
en lo general / IV. Licitación pública y sus moda lidades / V. Conclusiones / Fuentes
de consulta
La doctrin a brasileña sobre la contratación
adminis trativa en el sector guber namental
guarda diver sas similitudes con el régim en
jurídico mexica no; sin embargo la nota
diferenciadora e ntre el procedimiento
de licitación pública en México y el
propio de la República Federativa de
Brasil es la inclusión de u na etapa de
“revisión o revocación” conocida c omo
“homologación”, así como la ausencia en la
legislación brasileña de u n mecanismo de
negociación incluido en el proce dimiento
mexicano, no obstante q ue en la Ley
Nº 2.546/2003, que inst ituye Normas
Generales sobre Aso ciación Público-
Privada en el ámbito d e la Administración
Pública, si se consider an mecanismos de
negociación”.
Brazilian doctr ine on administrative
contracts in the gove rnment sector
keeps several si milarities with the
Mexican legal regime n; however
the differentia ting factor between
the public tender pro cedure in
Mexico and the Federat ive Republic
of Brazil is the inclu sion of a
stage of “revision or rev ocation”
“know n as approval” as well as the
absence in Brazilia n legislation of a
negotiation mechanism included in
the Mexican proced ure, however in
No. 2.546/2003 Act, which establishes
general standard s for Public-Private
administrat ion, if it consideres the
“stage negotiation”.
* Dra. en Derecho por la Benemé rita Universid ad Autónoma de Puebla, Investigador a Académica en la
Universidad Popula r Autónoma de Puebla.
Sección Artículos de Investigación
408 alegatos, núm. 90, México, mayo/agosto de 2015
Introducción
derecho francés, para reconocer la posibilidad de que el Estado celebre contratos de
tipo civil o administrativo, radicando la diferencia en que “los contratos de derecho
privado celebrados por la administración se regulan en su contenido por las normas
de esta área de derecho […] los “contratos administrativos” se sujetan a las reglas y
principios existentes en el derecho público”.1 Para Bandeira de Mello, esta situación
no se aproxima a la realidad, pues los representantes del poder público siempre po-
ninguna vía, aún la contractual, se puede otorgar a los administrados; por esta ra-
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lativos a la práctica de actos unilaterales, in herentes a las competencias públicas que
inciden sobre aquellos objetos […] lo cierto es que no se puede impedir que la doc-
trina absolutamente mayoritaria en Brasil, como en Francia, decida designar bajo el
nombre de “contratos administrativos” esta variedad de relaciones tan dispares”.2
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ciones en materia de contratación administrativa para el caso brasileño, para lo cual
es necesario iniciar el estud io desde el marco establecido por la Constitución Política
-
nalidad de resolver como problema de estudio principal, la presencia de mecanismos
contratos, con lo cual se podrán obtener conclusiones sobre el cambio en el paradig-
ma de los contratos del sector público.
La relevancia de este tema además de insertarse en el análisis normativo,
también se encuentra relacionado a uno de los pilares más representativos en la
economía internacional, pues segú n reportes de la Comisión de las Naciones Unidas
para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRA L), por sus siglas en inglés), el
gasto en adquisiciones puede representar entre el 10% y el 20% del PIB y no menos
del 50% o incluso más, del total del gasto público.3 Hay que destacar que el creci-
-
4 -
1 Celso A ntonio Bandeira De Mel lo, (Trad.) Labraña Parra , Valeria Estefanía. Curs o de Derecho Adminis-
trativo, primera e dición en español, México, Porr úa, 2006, p. 544.
2 Idem.
3 http://www.uncitral.org/uncitral/es/uncitral_texts/procurement_
infrastructure/2011Model.html
4 Osvaldo Rosales y Mi kio Kawayama, China y Améric a Latina y el Caribe Hacia una rela ción econó-
mica y comercial estratégica,
(CEPAL), Naciones Unidas, 2012, p. 15.
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