Alonso González Villalobos: 'La colegiación y la certificación obligatorias son urgentes

AutorDiana Reyes
Páginas36-41

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¿Por qué es tan importante que se apruebe la reforma constitucional en materia de colegiación y certificación obligatorias para los abogados?

Desde la sociedad civil estamos convencidos de que la regulación de la profesión jurídica independiente es un paso indispensable para la consolidación del ejercicio democrático del poder, en tanto que se trata de una condición fundamental para
la correcta operación de la administración de justicia.

Es un tema de absoluta urgencia que no se limita a la materia penal; es indispensable que todos los operadores que intervienen en el ejercicio procesal estén sujetos a la supervisión y a la rendición de cuentas; esto incide directamente en el interés público y en la armonía social a la que todos aspiramos.

La colegiación y la certificación obligatorias son eso: un mecanismo de regulación profesional que contribuye a garantizar al usuario el mayor beneficio posible y un mínimo elemental de responsabilidad técnica y ética por parte de su abogado. Significa que los abogados que postulan y ofrecen sus servicios al público sepan en efecto lo que dicen saber y estén constantemente actualizados en sus conocimientos.

La responsabilidad, o control técnico, indica que de una vez por todas hagamos una depuración del ejercicio profesional, de manera que los que realmente se toman en serio su trabajo sean los únicos que puedan ofrecer sus servicios al público en general.

Se pretende que los abogados tengan un mejor comportamiento, que no les mientan a sus clientes, que no los engañen con falsas expectativas, y que cobren honorarios justos.

¿Colegiación obligatoria sólo para abogados litigantes?

La parte que más urge del ejercicio profesional es, en efecto, la de los abogados particulares postulantes y la de aquellos que representan los intereses ajenos, por ejemplo, mediante la consultoría en la solución de problemas.

Con sus deficiencias y sus limitaciones, si se quiere, los demás que intervienen en el ejercicio procesal, como los jueces y los magistrados, tienen un cierto filtro técnico y ético; tal vez sea limitado, pero al menos hay algo. Lo mismo sucede con las fiscalías y las defensas públicas. Cabe resaltar que nuestra cédula profesional vale exactamente para ejercer cualquier función.

Creo que la colegiación y la certificación son necesarias para los abogados particulares como un primer paso en un camino ideal que eventualmente agrupara a todos en un marco de mínimos indispensables comunes, a partir de los cuales se construyeran esquemas regulatorios diferenciados.

¿En qué consiste la certificación?

En el ejercicio periódico de constatación, por parte del Estado, de que la abogada o

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el abogado saben lo que dicen saber, y se encuentren actualizados en la evolución de la ciencia jurídica. La certificación supone que el Estado, a través de los organismos intermedios autorizados para ello, constante o verifique de forma periódica que los abogados en efecto cuentan con un mínimo común de conocimientos, todos, sin importar de qué universidad provengan, y que además se mantienen al corriente en el estado...

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