Pensión alimenticia. Base que debe considerarse para determinar el descuento al salario del trabajador. Jurisprudencia de Tribunales Colegiados

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El artículo 110 de la LFT indica que están prohibidos los descuentos a los salarios de los trabajadores, salvo en los casos previstos en ese precepto. Así, la fracción V del mismo artículo establece que los patrones podrán aplicar el descuento correspondiente a la pensión alimenticia en favor de la esposa, los hijos ascendientes y nietos, siempre que sea por decreto de la autoridad judicial.

Igualmente, cuando el trabajador perciba el salario mínimo y esté obligado a proporcionar una pensión alimenticia, el patrón deberá descontar el importe de la misma de acuerdo con el artículo 97, fracción I, de la LFT.

Por tanto, cuando el patrón reciba notificación del juzgado de lo familiar deberá aplicar el descuento al salario del trabajador. Cabe observar que las condiciones del descuento deberán estar establecidas en la resolución emitida por el juzgado, en la que se mencionará si el descuento será en cantidad líquida o en porcentaje.

Es de resaltar que si bien es cierto que en el oficio de notificación que emite el juez de lo familiar se fijará la proporción que por concepto de pensión alimenticia quedará a cargo del trabajador, es decir, se indicará el descuento que se realizará, no siempre se aclara la base sobre la cual se aplicará el porcentaje ni los descuentos permitidos, dado que la legislación civil no señala ninguna disposición en este sentido.

Al efecto, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito emitió la jurisprudencia VI.2o.C. J/325 (9a.), en la que precisa que la pensión alimenticia fijada en forma porcentual a los ingresos que percibe el demandado (trabajador) como contraprestación a sus servicios, debe establecerse con base en su salario integrado, entendiéndose por éste no sólo a los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, sino también a los conceptos siguientes:

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Asimismo, especifica que los únicos descuentos susceptibles de tomarse en cuenta para determinar la base sobre la cual se calculará la pensión, son los fijos, de acuerdo con lo siguiente:

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Estos descuentos se deben realizar para determinar la base para calcular la pensión alimenticia, pues estas deducciones son impuestas por las leyes respectivas; además, no serán susceptibles de tomarse en cuenta las cuotas sindicales o de ahorro, pues son secundarias o accidentales y se calculan sobre la cantidad que resulta del salario que percibe el trabajador.

Por último, la tesis indica que en la...

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