De las agregadurías y oficinas de enlace

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ARTÍCULO 104. La Procuraduría contará con agregadurías legales, agregadurías regionales y oficinas de enlace, que serán órganos desconcentrados, coordinados por el Titular de la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías.

Las agregadurías contarán con Agregados, Agregados adjuntos, asistentes legales y asistentes administrativos, de acuerdo con las necesidades del servicio y a las disponibilidades presupuestales.

Los agregados, agregados adjuntos, titulares de las oficinas de enlace y el personal que preste sus servicios en esas áreas y que cuenten con pasaporte diplomático expedido por el estado Mexicano a instancia de esta Institución, serán designados y removidos en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica, y serán personal asimilados del Servicio Exterior Mexicano.

Las oficinas de enlace contarán con el personal necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto por el Procurador.

ARTÍCULO 105. El Procurador determinará el número de agregadurías legales, agregadurías regionales y oficinas de enlace, así como la circunscripción territorial de su competencia.

ARTÍCULO 106. Al frente de cada agregaduría legal habrá un Agregado, quien tendrá las facultades siguientes:

I. Fungir como representante de la Procuraduría ante las autoridades extranjeras de su circunscripción con las que deba tener comunicación en virtud de las funciones propias de la Institución;

II. Supervisar las actividades de las agregadurías regionales y oficinas de enlace dentro de la circunscripción de su competencia;

III. Auxiliar a las unidades administrativas y coordinarse con los órganos desconcentrados de la Institución, para el ejercicio de sus funciones;

IV. Llevar a cabo, en su circunscripción y con pleno respeto al marco jurídico aplicable, las acciones necesarias para la atención de los asuntos que le sean encomendados;

V. Participar en reuniones y grupos de trabajo con autoridades de su circunscripción, organizaciones sociales e instituciones académicas, así como en foros internacionales, en relación con los asuntos de su competencia;

VI. Recopilar y sistematizar la información relacionada con la procuración y administración de justicia en su circunscripción, y remitirla al Titular de la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías;

VII. Realizar estudios sobre los fenómenos delincuenciales en su circunscripción, particularmente en materia de delincuencia organizada transnacional;

VI...

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