Acuerdo del Órgano Interno de Control de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, por el que se suspenden los plazos y términos procedimentales en los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa, en las Investigaciones de Presuntas Faltas Administrativas, así como en las Acciones de Control y Evaluación

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
ACUERDO DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE
SE DETERMINA SUSPENDER LOS TÉRMINOS Y PLAZOS EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, RECEPCIÓN DE
DENUNCIAS, EN LAS INVESTIGACIONES DE PRESUNTAS FALTAS
ADMINISTRATIVAS, ASÍ COMO EN LAS ACCIONES DE CONTROL Y
EVALUACIÓN, A PARTIR DEL DÍA 20 DE MARZO DE DOS MIL VEINTE Y HASTA
QUE PREVIO ACUERDO DEL SUSCRITO, CONCLUYA EL PRESENTE,
TENIENDO COMO BASE LA REANUDACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
LABORALES EN ESTA DEFENSORÍA DE HABITANTES; LO ANTERIOR,
DERIVADO DE LA CONTINGENCIA DEL COVID-19.
Con fundamento en el artículo 25 fracciones I, IX, X, XII, XIV, XVI, XXXIX, XLIII,
XLVI, L, y
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 9 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado
de México y Municipios, establece que son autoridades facultadas para aplicar la
citada ley, los Órganos Constitucionales Autónomos, así como los Órganos Internos
de Control, teniendo estos últimos a su cargo la investigación, sustanciación y
calificación de las faltas administrativas.
.
II. Que de conformidad con el artículo 25 fracciones IX y XXXIX del Reglamento
Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, corresponde
al Órgano Interno de Control, a través de su titular, proponer modificaciones
jurídicas y administrativas que tiendan a mejorar el funcionamiento de la unidad
administrativa a su cargo, así como substanciar los procedimientos de
responsabilidades administrativas e imponer las sanciones respectivas, cuando se
trate de faltas administrativas no graves, dando seguimiento de su ejecución, hasta
su total conclusión.
III. Que toda vez que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado
que el COVID-19 es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud y, por
tanto, la integridad de la población en general, así como de las propias personas
servidoras públicas, en razón de su fácil propagación por contacto con personas
infectadas por el virus o por tocar objetos o superficies que rodean a dichas
personas y llevarse las manos a los ojos, nariz o boca; y se ha declarado como una
pandemia.

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