Acuerdo por el que se crea el sistema de avisos de accidentes de trabajo y se dan a conocer los formatos para informar los accidentes y defunciones de los trabajadores

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1079-1083

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(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2015)

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1. Objeto del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el Sistema de Avi-sosde Accidentes de Trabajo, así como dar a conocer los formatos mediante los cuales los patrones, trabajadores o familiares presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, bajo protesta de decir verdad, los avisos de accidentes de trabajo, así como las defunciones como consecuencia de accidentes o enfermedades de trabajo.

ARTÍCULO 2. Definición de conceptos

Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

I. Accidente de trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente. Quedan incluidos en la definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del tra-bajoydeésteaaquel;

II. Acusedereciboelectrónico: El mensajededatos queseemite oge-nera a través de medios electrónicos para acreditar de manera fehaciente la fecha y hora de recepción del aviso de accidente de trabajo;

III. Aviso de accidente de trabajo: Aquel que el patrón hace del conocimiento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, del Inspector del Trabajo y la Junta de Conciliación y Arbitraje, por medios electrónicos o escritos dentro de las 72 horas siguientes de la ocurrencia de un accidente de trabajo o tan pronto tenga conocimiento de la muerte de un trabajador por riesgo de trabajo;

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IV. Centro de trabajo: El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;

V. Código QR: Código de barras bidimensional que contiene información codificada para validar los avisos que den los patrones en el SIAAT;

VI. Defunción: La muerte producida en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente;

VII. Enfermedad de trabajo: Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios;

VIII. Firma electrónica avanzada: El conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismoy a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detecta-ble cualquier modificación ulterior de estos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa;

IX. Riesgos de trabajo: Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los...

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