Acuerdo por el que se constituyen Sedes de las Unidades Administrativas Centrales fuera de la Ciudad de México (DOF 17/XI/2015)
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 1771-1775 |
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYEN SEDES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS CENTRALES FUERA DE LA CIUDAD DE MEXICO
ARISTOTELES NUÑEZ SANCHEZ, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7o., fracción XVIII, 8o., fracciones II y III, y 14, fracciones I, II y IX de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 1o., 2o., Apartado B, fracciones X y XI, 5o., segundo párrafo, 8o., fracción XVII y Primero, fracción I de las disposiciones Transitorias del Reglamento Interior del Servicio deAdministración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 24 de agosto de 2015, y
Considerando
Que con fecha 24 de agosto de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior delServicio deAdministración Tributaria, mediante el cual se asignan las atribuciones con que cuentan las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria.
Que en aras de modernizar los servicios que le corresponde brindar al Servicio deAdministración Tributaria, facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes, asícomo unaapropiada distribución de las cargas de trabajo para procurar la mejor organización y agilizar el despacho de los asuntos a nivel nacional, resulta conveniente que las unidades administrativas centrales adscritas a las administraciones generales de Recursos y Servicios y Comunicaciones y Tecnologías de la Información, puedan ubicar sedes fuera de la Ciudad de México.
Que atendiendo a las consideraciones anteriores, resulta conveniente emitir el siguiente:
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ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYEN SEDES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS CENTRALES FUERA DE LA CIUDAD DE MEXICO
Ubicación de las administraciones y subadministraciones de la Administración General Recursos y Servicios
Primero.- La sede de las administraciones y subadministraciones de la Administración General Recursos y Servicios, que se ubican fuera de la Ciudad de México, es la siguiente:
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De las unidades administrativas adscritas a la Administración Central del Ciclo de Capital Humano:
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Administraciones del Ciclo de Capital Humano "4" y "5" y sus subadmi-nistraciones adscritas:
El Estado de Querétaro, y
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Administración adscrita a la Administración Central del Ciclo de Capital Humano y sus subadministraciones:
El Estado de Querétaro;
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De las unidades administrativas adscritas a la Administración Central de Destino de Bienes:
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Subadministración adscrita a la Administración para el Destino de Bienes "3":
El Estado de...
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